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Denunciado2023-2025Tablas comprobadas59 artículos

Convenio de hostelería de Madrid

HOSTELERIA Y ACTIVIDADES TURISTICAS. Provincial, para unas 233.600 personas y 32.000 empresas, según la hoja estadística del REGCON.

Denunciado. Una de las partes lo ha denunciado: se negocia uno nuevo y mientras tanto sigue aplicándose.

Salario en 2025
550 € a 1.460 €
al mes, en 14 pagas, según el puesto
Art. 25 y ANEXO I
Jornada
1.800 horas al año
40 horas a la semana como máximo
Art. 14
Vacaciones
30 días naturales
al año
Art. 18
Si te pones de baja
Hasta el 100 %
Baja por accidente: complemento desde el primer día
Art. 39

¿Cuánto cobro?

Lo que marca la tabla de tu convenio para cada puesto, al mes y en bruto. Pulsa «Neto» para ver lo que te queda.

¿Cobro lo que me toca?

Salario al mes en 2025c) TABLAS SALARIALES 1 de enero al 31 de diciembre de 2.025. Salarios Base Mensuales. · en 14 pagas

  1. Nivel V · A Euros1.152,15 €Neto
  2. Nivel IV · A Euros1.217,99 €Neto
  3. Nivel III · A Euros1.283,83 €Neto
  4. Nivel II - B · A Euros1.300,28 €Neto
  5. Nivel II - A · A Euros1.316,72 €Neto
  6. Nivel I · A Euros1.415,47 €Neto

Art. 25 y ANEXO I · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 44

Subidas, pagas y otros importes

Subida salarial 2023
6 %Con efectos económicos desde el 1 de julio de 2023, sin atrasos de enero a junio.
Art. 5Reportar un error en «Subida salarial 2023»
Antigüedad
Suprimida desde el 4-6-1997 (se respeta la consolidada)Quien estaba en la empresa entonces la mantiene como complemento personal de antigüedad consolidada, que sube como las tablas.
Disp. transitoria 2Reportar un error en «Antigüedad»
Horas extraordinarias: recargo
100 %O, por pacto, 1,5 horas de descanso retribuido por cada hora extra.
Art. 15Reportar un error en «Horas extraordinarias: recargo»
Pagas extraordinarias (20 de junio y 20 de diciembre)
2 pagasEl artículo no fija su importe.
Art. 26Reportar un error en «Pagas extraordinarias (20 de junio y 20 de diciembre)»
Complemento por permanencia (58 años y 10 de antigüedad)
Una mensualidad al año, en marzo
Art. 30Reportar un error en «Complemento por permanencia (58 años y 10 de antigüedad)»
Tablas completas de 2025 (23)

c) TABLAS SALARIALES 1 de enero al 31 de diciembre de 2.025. Salarios Base Mensuales.

Categoría o nivelA Eurosal mes · 14 pagasB Eurosal mes · 14 pagasC Eurosal mes · 14 pagas
IJefe/a de Administración (o Contable General, Jefe/a de Contabilidad), Jefe/a Comercial, Jefe/a de Primera de Casinos, Jefe/a de Cocina, Jefe/a de Restaurante o Sala (o Jefe/a de Sala, Jefe/a de Comedor, Primer/a Maitre, Maestresala, Jefe/a de Sala) y 1 más1.415,47 €1.366,11 €1.250,91 €
II - AJefe/a de Segunda de Casinos, Segundo/a Jefe/a de Cocina y Segundo/a Jefe/a de Restaurante o Sala (o Segundo/a Jefe/a de Comedor, Primer/a Encargado/a de Mostrador (Cafeterías, Bares y Salas de Fiestas y Discotecas), Segundo/a Jefe/a de Sala)1.316,72 €1.292,05 €1.217,99 €
II - BJefe/a de Partida, Jefe/a de Sector, Segundo/a Encargado/a de Mostrador (Cafeterías, Bares y Salas de Fiestas y Discotecas), Sumiller y Barman/Barwoman (o Barman o Barwoman)1.300,28 €1.267,33 €1.201,51 €
IIIRecepcionista, Administrativo/a (o Recepcionista, Tenedor/a de cuentas de clientes, Interventor/a, Contable, Oficial de 1ª, Facturista, Cajero/a), Relaciones Públicas, Comercial, Oficial/a de Primera de Casinos, Cocinero/a ( o Cocinero/a) y 7 más1.283,83 €1.250,91 €1.160,37 €
IVAyudante de Recepción (o Ayudante de Recepción, Intérprete, Conserje de Casino, Ayudante de Conserje, Ordenanza de Salón y Cobrador/a de Casinos), Ayudante Administrativo (o Oficial del Contabilidad, Oficial de 2ª, Auxiliar de Oficina y Contabilidad, Auxiliar de Caja), Telefonista (Telefonista de 1ª y 2ª), Oficial/a de Segunda de Casinos, Ayudante de Economato (Ayudante de Economato y Bodega) y 3 más1.217,99 €1.185,05 €1.127,42 €
VPortero/a, Aparcacoches, Portero/a de Coches, Recibidor/a de accesos y de servicios, Vigilante, Botones, Cobrador/a, Taquillero/a, Guardarropa, Auxiliar de Oficina, Auxiliar de Recepción, Auxiliar de Casinos, Aspirante de Casinos, Auxiliar de Cocina y Economato (o Marmitón, Pinche, Fregador/a, Mozo de Almacén, Personal de Platería), Auxiliar de Limpieza (o Personal de Limpieza, Fregador/a, Limpiador/a, Mozo de Lavandería) y Auxiliar de Mantenimiento y Servicios ( o Ayudante de Mecánico/a o Calefactor/a, Ayudante de Ebanista, de Carpintero/a, de Electricista, de Albañil y de Pintor/a, Lavacoches, Mozo de Billar o Salón de Recreo, Guarda Exterior)1.152,15 €1.119,22 €1.086,31 €

Art. 25 y ANEXO I · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 44Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «c) TABLAS SALARIALES 1 de enero al 31 de diciembre de 2.025. Salarios Base Mensuales.»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección tercera. D) Personal de catering

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o nivelSALARIOSal mes · 14 pagas
Jefe de cocina1.458,70 €
Segundo jefe de cocina1.409,20 €
Jefe de partida1.356,78 €
Repostero/a1.356,78 €
Oficial de repostero/a1.307,48 €
Cocinero/a1.307,48 €
Ayudante de cocinero/a1.196,76 €
Ayudante de repostero/a1.196,76 €
Pinche1.175,65 €
Aprendiz839,83 €
Fregador/a1.175,65 €
Jefe de operaciones1.458,70 €
Supervisor/a1.255,16 €
Ayudante supervisor/a1.230,55 €
Jefe de sala1.409,20 €
Jefe de equipo1.307,48 €
Conductor/a de equipo de catering1.252,30 €
Ayudante de equipo1.201,36 €
Preparador/a1.175,65 €
Auxiliar de prepar. / montaje de catering1.175,65 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 63Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección tercera. D) Personal de catering»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección tercera. C) Personal de cocina

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o conceptoLUJO FIJOal mes · 14 pagasPRIMERA FIJOal mes · 14 pagasSEGUNDA FIJOal mes · 14 pagasTERCERA FIJOal mes · 14 pagasCUARTA FIJOal mes · 14 pagas
Jefe de cocina1.205,68 €1.194,88 €1.182,92 €1.073,78 €1.073,78 €
Segundo jefe de cocina1.183,57 €1.172,07 €1.169,16 €1.073,78 €1.073,78 €
Jefe de partida1.160,81 €1.154,86 €1.149,56 €1.073,78 €1.073,78 €
Cocinero/a1.146,63 €1.145,76 €1.145,76 €1.073,78 €—
Ayudante de cocina1.145,76 €1.145,76 €1.145,76 €1.073,78 €—
Repostero/a1.160,81 €1.145,76 €1.145,76 €——
Oficial de repostero/a1.146,63 €1.145,76 €1.145,76 €1.073,78 €—
Ayudante de repostero/a1.145,76 €1.145,76 €———
Cafetero/a1.146,63 €1.145,76 €———
Ayudante de cafetero/a1.145,76 €1.145,76 €———
Encargado/a economato y bodega1.146,63 €1.145,76 €1.145,76 €1.073,78 €—
Bodeguero/a1.145,76 €1.145,76 €———
Ayudante economato y bodega1.145,76 €1.145,76 €———
Marmitón1.145,76 €1.145,76 €———
Pinche1.145,76 €1.145,76 €1.145,76 €——
Aprendiz839,83 €839,83 €839,83 €839,83 €839,83 €
Fregador/a1.145,76 €1.145,76 €1.145,76 €1.073,78 €1.073,78 €
Personal de platería1.145,76 €1.145,76 €1.145,76 €——

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 63Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección tercera. C) Personal de cocina»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección tercera. A) Personal de comedor

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o conceptoLUJO Inic.al mesLUJO Garan.al mes · 14 pagasPRIMERA Inic.al mesPRIMERA Garantal mes · 14 pagasSEGUNDA Inic.al mesSEGUNDA Garantal mes · 14 pagasTERCERA Inic.al mesTERCERA Garantal mes · 14 pagasCUARTA Inic.al mesCUARTA Garantal mes · 14 pagas
Jefe de comedor o maestresala126,91 €1.333,80 €126,91 €1.333,80 €125,70 €1.292,44 €144,06 €1.205,68 €144,06 €1.177,34 €
Segundo jefe de comedor126,91 €1.287,58 €126,91 €1.234,38 €125,70 €1.172,45 €144,06 €1.083,88 €——
Jefe de sector126,91 €1.279,72 €126,91 €———————
Camarero126,91 €1.249,51 €126,91 €1.192,20 €125,70 €1.160,86 €144,06 €1.083,88 €144,06 €1.083,88 €
Sumiller126,91 €1.249,51 €126,91 €1.192,20 €—1.160,86 €————
Ayudante126,91 €1.186,11 €126,91 €1.171,20 €125,70 €1.160,86 €144,06 €1.078,20 €144,06 €1.078,20 €
Aprendices126,91 €839,83 €126,91 €839,83 €125,70 €839,83 €144,06 €839,83 €144,06 €839,83 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 62Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección tercera. A) Personal de comedor»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección tercera. B) Personal de varios

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o nivelLUJO FIJOal mes · 14 pagasPRIMERA FIJOal mes · 14 pagasSEGUNDA FIJOal mes · 14 pagasTERCERA FIJOal mes · 14 pagasCUARTA FIJOal mes · 14 pagas
Contable general1.205,68 €1.194,93 €1.177,58 €——
Oficial de contabilidad1.183,57 €1.168,20 €———
Cajero/a de comedor1.172,13 €1.141,81 €1.160,81 €1.073,78 €1.073,78 €
Interventor/a1.172,13 €1.141,81 €1.160,81 €——
Telefonista1.146,63 €1.146,63 €1.146,63 €——
Auxiliar de oficina1.183,57 €1.145,76 €1.166,44 €1.073,78 €—
Porteros/as1.145,76 €1.145,76 €1.145,76 €1.073,78 €—
Vigilantes de noche1.145,76 €1.145,76 €1.145,76 €1.073,78 €—
Botones1.145,76 €1.145,76 €1.145,76 €1.073,78 €1.073,78 €
Encargada/o de lencería1.145,76 €1.145,76 €1.145,76 €1.073,78 €1.073,78 €
Aprendiz de contabilidad839,83 €839,83 €839,83 €839,83 €839,83 €
Jornada entera1.145,76 €1.145,76 €1.145,76 €1.073,78 €1.073,78 €
Media jornada586,24 €586,24 €586,24 €550,12 €550,12 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 62Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección tercera. B) Personal de varios»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección tercera. B) Personal de varios

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o conceptoLUJO FIJOal díaPRIMERA FIJOal díaSEGUNDA FIJOal díaTERCERA FIJOal díaCUARTA FIJOal día
Planchador/a (diario)39,12 €39,12 €39,12 €35,95 €35,95 €
Costurero/a-zurcidor/a (diario)39,12 €39,12 €39,12 €35,95 €35,95 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 62Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección tercera. B) Personal de varios»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Al pasarla a datos: Filas marcadas «(diario)» dentro de la tabla de salarios mensuales.

Establecimientos de la sección cuarta. Cafeterías. Salarios en establecimientos con servicios de mostrador y sala (sueldo inicial)

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o concepto3 tazas Sueldo inicialal mes2 tazas Sueldo inicialal mes1 taza Sueldo inicialal mes
Primer encargado/a450,59 €436,06 €403,51 €
Segundo encargado/a420,41 €408,45 €376,16 €
Dependiente390,51 €376,16 €360,97 €
Ayudante309,89 €316,45 €309,06 €
Aprendices164,64 €164,64 €164,64 €
Auxiliar de caja309,89 €316,45 €309,06 €
Cocinero/a390,51 €376,16 €360,97 €
Ayudante de cocina309,89 €316,45 €306,51 €
Repostero/a387,84 €373,66 €358,86 €
Ayudante de repostero/a299,93 €309,06 €295,69 €
Cafetero/a387,84 €373,66 €358,86 €
Ayudante de cafetero/a299,93 €309,06 €301,59 €
Encargado/a de almacén319,73 €336,25 €316,50 €
Mozo de almacén267,24 €284,26 €277,01 €
Planchista390,51 €376,16 €360,97 €
Ayudante de plancha309,89 €316,45 €309,06 €
Aprendices164,64 €164,64 €164,64 €
Telefonista244,48 €241,80 €232,14 €
Mecánico-calefactor292,55 €296,41 €284,26 €
Portero/a299,93 €309,06 €—
Fregador/a-limpiador/a194,57 €212,00 €212,00 €
Contable372,51 €366,28 €341,56 €
Cajero/a299,93 €309,06 €301,59 €
Oficial de contabilidad299,93 €309,06 €301,59 €
Auxiliar285,07 €293,74 €284,26 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 64Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección cuarta. Cafeterías. Salarios en establecimientos con servicios de mostrador y sala (sueldo inicial)»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección quinta. B) Personal de mostrador. b) Bares Americano y whiskerías (sólo en categoría especial)

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o conceptoINICIALal mesGARANT.al mes · 14 pagas
Barman126,89 €1.337,65 €
Segundo barman126,89 €1.284,87 €
Ayudante barman126,89 €1.231,76 €
Aprendices126,89 €839,83 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 65Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección quinta. B) Personal de mostrador. b) Bares Americano y whiskerías (sólo en categoría especial)»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección quinta. A) Personal de mostrador. a) Cafés, cafés-bares, cervecerías, chocolaterías y heladerías

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o conceptoESPECIAL FIJOal mes · 14 pagasPRIMERA FIJOal mes · 14 pagasSEGUNDA FIJOal mes · 14 pagasTERCERA FIJOal mes · 14 pagasCUARTA FIJOal mes · 14 pagas
Primer encargado/a de mostrador1.272,65 €1.247,01 €1.154,97 €1.140,67 €1.107,13 €
Segundo encargado/a de mostrador1.244,34 €1.226,72 €1.138,38 €1.129,18 €1.107,13 €
Dependiente de primera1.238,17 €1.206,69 €1.127,09 €1.117,82 €1.084,32 €
Dependiente de segunda1.209,48 €1.186,09 €1.118,20 €1.106,90 €1.084,32 €
Aprendices839,83 €839,83 €839,83 €839,83 €839,83 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 65Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección quinta. A) Personal de mostrador. a) Cafés, cafés-bares, cervecerías, chocolaterías y heladerías»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección quinta. C) Personal de sala

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o conceptoESPECIAL Inic.al mesESPECIAL Garant.al mes · 14 pagasPRIMERA Inic.al mesPRIMERA Garant.al mes · 14 pagasSEGUNDA Inic.al mesSEGUNDA Garant.al mes · 14 pagasTERCERA Inic.al mesTERCERA Garant.al mes · 14 pagasCUARTA Inic.al mesCUARTA Garant.al mes · 14 pagas
Jefe de Sala126,89 €1.310,57 €126,89 €1.283,60 €——————
Camarero/a126,89 €1.256,38 €126,89 €1.223,10 €145,20 €1.138,57 €145,20 €1.112,30 €145,20 €1.078,15 €
Ayudante126,89 €1.223,67 €126,89 €1.202,84 €145,20 €1.121,24 €145,20 €1.100,99 €145,20 €1.078,15 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 66Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección quinta. C) Personal de sala»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección quinta. Bares, cafés, cafés-bares, chocolaterías, bares americanos y whiskerías. A) Personal de varios

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o nivelESPECIAL FIJOal mes · 14 pagasPRIMERA FIJOal mes · 14 pagasSEGUNDA FIJOal mes · 14 pagasTERCERA FIJOal mes · 14 pagasCUARTA FIJOal mes · 14 pagas
Contable1.188,98 €1.166,44 €———
Cajero/a1.177,62 €1.146,63 €1.108,75 €——
Auxiliar de Caja1.145,76 €1.145,76 €1.098,88 €——
Oficial Contable1.183,57 €1.166,44 €1.117,76 €——
Auxiliar de Oficina1.177,62 €1.146,63 €1.108,75 €1.098,40 €1.092,66 €
Jefe de Cocina1.251,59 €1.183,57 €1.108,75 €1.092,66 €1.092,66 €
Cocinero/a1.177,62 €1.145,76 €1.108,75 €1.090,32 €—
Ayudante de Cocinero/a1.145,76 €1.145,76 €1.108,75 €1.084,32 €1.084,32 €
Repostero/a1.188,98 €1.177,56 €1.108,75 €1.106,90 €—
Oficial Repostero/a1.177,62 €1.146,63 €1.108,75 €1.098,40 €—
Ayudante de Repostero/a1.145,76 €1.145,76 €1.108,75 €1.084,32 €—
Aprendices839,83 €839,83 €839,83 €839,83 €839,83 €
Cafetero/a1.149,55 €1.145,76 €1.108,75 €1.103,34 €1.084,32 €
Bodeguero/a1.149,55 €1.145,76 €———
Encargado/a de Almacén1.149,55 €1.145,76 €1.108,75 €——
Mozo de Almacén1.149,55 €1.145,76 €1.108,75 €——
Mecánico o Calefactor1.149,55 €1.145,76 €1.108,75 €1.084,32 €1.084,32 €
Portero/a1.149,55 €1.145,76 €1.108,75 €1.084,32 €1.084,32 €
Telefonista1.145,76 €1.145,76 €1.108,75 €——
Vigilante de noche1.145,76 €1.145,76 €1.108,75 €1.084,32 €1.084,32 €
Fregadores/as1.145,76 €1.145,76 €1.108,75 €1.084,32 €1.084,32 €
Media jornada586,28 €586,28 €567,36 €555,48 €555,48 €
Jornada entera1.146,13 €1.146,13 €1.108,75 €1.084,32 €1.084,32 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 65Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección quinta. Bares, cafés, cafés-bares, chocolaterías, bares americanos y whiskerías. A) Personal de varios»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección sexta. A) Personal administrativo

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o conceptoLUJOal mes · 14 pagasPRIMERAal mes · 14 pagasSEGUNDAal mes · 14 pagasTERCERAal mes · 14 pagas
Contable1.227,90 €1.194,88 €1.145,81 €1.145,81 €
Cajero/a1.177,63 €1.154,86 €1.145,81 €1.145,81 €
Taquillero/a1.177,63 €1.154,86 €1.145,81 €1.145,81 €
Auxiliar de oficina1.145,81 €1.145,81 €1.145,81 €1.145,81 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 66Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección sexta. A) Personal administrativo»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección sexta. C) Personal de bar americano

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o conceptoLUJO Inicialal mesLUJO Garantiz.al mes · 14 pagasPRIMERA Inicialal mesPRIMERA Garantiz.al mes · 14 pagasSEGUNDA Inicialal mesSEGUNDA Garantiz.al mes · 14 pagas
Barman126,74 €1.331,73 €126,74 €1.306,62 €125,70 €1.292,51 €
Segundo barman126,74 €1.179,80 €126,74 €1.171,19 €125,70 €1.183,66 €
Ayudante de barman126,74 €1.127,05 €126,74 €1.127,05 €125,70 €1.127,05 €
Aprendices126,74 €839,83 €126,74 €839,83 €125,70 €839,83 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 66Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección sexta. C) Personal de bar americano»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección sexta. B) Personal de mostrador

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o conceptoESPECIALal mes · 14 pagasPRIMERAal mes · 14 pagasSEGUNDAal mes · 14 pagasTERCERAal mes · 14 pagasCUARTAal mes · 14 pagas
Primer encargado/a mostrador1.250,74 €1.204,85 €1.182,05 €1.165,02 €1.155,70 €
Segundo encargado/a mostrador1.222,03 €1.201,11 €1.165,02 €1.155,70 €1.155,70 €
Dependiente de primera1.216,32 €1.182,05 €1.155,70 €1.155,70 €1.155,70 €
Dependiente de segunda1.201,11 €1.165,02 €1.155,70 €1.155,70 €1.155,70 €
Aprendices839,83 €839,83 €839,83 €839,83 €839,83 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 66Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección sexta. B) Personal de mostrador»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección sexta. D) Personal de sala

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o conceptoLUJO Inicialal mesLUJO Garant.al mes · 14 pagasPRIMERA Inicialal mesPRIMERA Garant.al mes · 14 pagasSEGUNDA Inicialal mesSEGUNDA Garant.al mes · 14 pagasTERCERA Inicialal mesTERCERA Garant.al mes · 14 pagas
Primer jefe de sala126,74 €1.333,80 €126,74 €1.306,67 €————
Segundo jefe de sala126,74 €1.285,68 €126,74 €1.243,56 €————
Camarero/a126,74 €1.249,40 €126,74 €1.225,18 €125,70 €1.160,92 €125,70 €1.151,04 €
Ayudante126,74 €1.183,04 €126,74 €1.171,19 €125,70 €1.160,92 €125,70 €1.151,04 €
Aprendices126,74 €839,83 €126,74 €839,83 €125,08 €839,83 €125,70 €839,83 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 67Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección sexta. D) Personal de sala»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección sexta. E) Personal de varios

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o conceptoLUJOal mes · 14 pagasPRIMERAal mes · 14 pagasSEGUNDAal mes · 14 pagasTERCERAal mes · 14 pagas
Repostero/a1.189,34 €1.154,86 €1.154,86 €1.154,86 €
Oficial repostero/a1.169,23 €1.145,81 €1.154,86 €1.154,86 €
Ayudante1.145,81 €1.145,81 €1.154,86 €1.154,86 €
Cafetero/a1.145,81 €1.145,81 €1.154,86 €1.154,86 €
Bodeguero/a1.145,81 €1.145,81 €——
Telefonista1.145,81 €1.145,81 €1.154,86 €1.154,86 €
Portero/a recibidor/a1.145,81 €1.145,81 €1.154,86 €—
Portero/a de servicio1.145,81 €1.145,81 €——
Lencero/a1.145,81 €1.145,81 €1.154,86 €1.154,86 €
Vigilante de noche1.145,81 €1.145,81 €1.154,86 €1.154,86 €
Ascensorista1.145,81 €1.145,81 €——
Botones1.145,81 €1.145,81 €——
Encargado/a fregadores/as1.145,81 €1.145,81 €1.154,86 €1.154,86 €
Fregador/a media jornada586,24 €586,24 €586,24 €586,24 €
Fregador/a jornada entera1.145,81 €1.145,81 €1.154,86 €1.154,86 €
Personal de limpieza1.155,53 €1.155,53 €1.154,86 €1.154,86 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 67Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección sexta. E) Personal de varios»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección séptima. Tabernas que no sirven comidas

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o conceptoSALARIO FIJOal mes · 14 pagas
Dependiente de primera1.087,38 €
Dependiente de segunda1.085,68 €
Aprendiz839,83 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 67Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección séptima. Tabernas que no sirven comidas»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección octava. Casinos. A) Personal de oficinas y contabilidad

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o conceptoPrimera fijoal mes · 14 pagasSegunda fijoal mes · 14 pagasTercera fijoal mes · 14 pagasCuarta fijoal mes · 14 pagas
Jefe Primera1.403,24 €1.329,19 €1.300,12 €1.243,18 €
Jefe segunda1.289,83 €1.260,57 €1.252,11 €1.223,08 €
Oficial primera1.248,95 €1.223,07 €1.202,43 €1.191,01 €
Oficial segunda1.221,32 €1.202,43 €1.175,65 €1.175,65 €
Auxiliar1.214,43 €1.182,20 €1.175,65 €1.175,65 €
Aspirante de segundo año1.175,70 €1.156,14 €1.169,53 €1.139,44 €
Aspirante de primer año1.170,12 €1.141,38 €1.141,38 €1.139,44 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 68Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección octava. Casinos. A) Personal de oficinas y contabilidad»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección octava. Casinos. B) Personal subalterno

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o nivelPrimera fijoal mes · 14 pagasSegunda fijoal mes · 14 pagasTercera fijoal mes · 14 pagasCuarta fijoal mes · 14 pagas
Cobrador/a1.221,32 €1.202,24 €1.182,20 €1.175,65 €
Conserje1.252,11 €1.223,07 €1.175,65 €1.175,65 €
Ayudante de conserje1.223,07 €1.202,24 €1.175,65 €1.175,65 €
Telefonista1.214,24 €1.176,55 €1.175,65 €—
Portero/a de acceso1.214,24 €1.176,55 €1.175,65 €—
Portero/a de servicios1.214,24 €1.176,55 €1.175,65 €—
Ordenanza de salón1.214,24 €1.176,55 €1.175,65 €1.175,65 €
Jardinero/a1.214,24 €1.176,55 €1.175,65 €1.175,65 €
Vigilante de noche1.214,24 €1.176,55 €1.175,65 €1.175,65 €
Botones1.214,24 €1.176,55 €1.175,65 €1.175,65 €
Media jornada601,06 €601,06 €601,06 €601,06 €
Jornada completa1.175,78 €1.175,78 €1.175,78 €1.175,78 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 68Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección octava. Casinos. B) Personal subalterno»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección novena. Billares y salones de recreo

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o conceptoINICIALal mesGARANT.al mes · 14 pagas
Encargado/a de sala127,20 €1.305,64 €
Mozo de billar o salón de recreo127,20 €1.213,32 €
Ayudante127,20 €1.166,84 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 68Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección novena. Billares y salones de recreo»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Establecimientos de la sección novena. Billares y salones de recreo

Empresas que mantengan el sistema de participación de porcentaje de servicio (Anexo III)

Categoría o conceptoFIJOal mes · 14 pagas
Botones-aprendiz1.175,65 €
Limpiador/a de media jornada601,06 €
Limpiador/a de jornada entera1.175,78 €

Disp. adicional 2 y ANEXO III · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 68Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Establecimientos de la sección novena. Billares y salones de recreo»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Al pasarla a datos: Filas de la tabla con solo salario «FIJO» (sin inicial ni garantizado).

c) TABLAS SALARIALES 1 de enero al 31 de diciembre de 2.025. Salarios Base Mensuales.

D - CATERING

Categoría o nivelEUROSal mes · 14 pagas
IJefe/a de Catering, Jefe/a de Operaciones Catering (Jefe/a de Operaciones) y Jefe/a de Servicios de Catering1.459,95 €
II - A1.409,21 €
II - BRepostero/a de Catering, Jefe/a de Sala de Catering (o Jefe/a de Sala) y Supervisor/a de Catering (o Supervisor/a)1.356,77 €
II - COficial/a de Repostero/a de Catering, Cocinero/a de Catering y Jefe/a de Equipo de Catering (o Jefe/a de Equipo)1.307,48 €
III - AConductor/a de Equipo de Catering (o Conductor/a)1.277,36 €
III - BAyudante de Equipo de Catering (o Ayudante de Equipo). y Especialista de Mantenimiento y Servicios Técnicos de Catering: de flota y de instalaciones y edificios1.225,38 €
IVPreparador/a o Montador/a de Catering (o Preparador/a) y Ayudante de equipo de Catering1.196,74 €
VAuxiliar de Preparación / Montaje de Catering1.175,66 €

Art. 25 y ANEXO I · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 44Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «c) TABLAS SALARIALES 1 de enero al 31 de diciembre de 2.025. Salarios Base Mensuales.»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

c) TABLAS SALARIALES 1 de enero al 31 de diciembre de 2.025. Salarios Base Mensuales.

ConceptoImporte
Manutención (si el establecimiento tiene servicio de restaurante y / o elabora comidas y cenas)57,82 €
Plus convenio (once meses al año)191,22 €

ANEXO I · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 06/04/2024, pág. 44 (abre la web oficial)Reportar un error en la tabla «c) TABLAS SALARIALES 1 de enero al 31 de diciembre de 2.025. Salarios Base Mensuales.»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.800 horas.

Al pasarla a datos: Sin tabla: dos párrafos bajo las tablas del año («El importe será de …» e «Importe: …»). Importes mensuales (arts. 28 y 29).

Jornada y descansos

Lo que dice la ley y lo que dice tu convenio, uno al lado del otro.

Jornada irregular

La ley

Sin pacto, la empresa puede repartir de forma irregular el 10 % de la jornada, avisando con 5 días.

Art. 34.2 del Estatuto (abre la web oficial)

Tu convenio

Bolsa anual de flexibilidad de jornada (centros de 50 o más personas)

100 horas al año

Solo con al menos un 75 % de plantilla fija; de 8 a 9 horas al día y hasta 44 a la semana. En centros de menos de 50, hasta 9 horas y media al día compensando con descanso.

Art. 14Reportar un error en «Bolsa anual de flexibilidad de jornada (centros de 50 o más personas)»

Vacaciones

Los días y cómo se fijan las fechas.

Festivos al año (si se trabajan, se compensan)
14 díasAcumulándolos a las vacaciones o como descanso continuado (20 días si no se disfrutó ninguno).
Art. 20Reportar un error en «Festivos al año (si se trabajan, se compensan)»

Permisos

Días que puedes faltar avisando y justificándolo. Fíjate en si tu convenio los cuenta en días naturales o laborables.

PermisoLa leyTu convenio
Permiso por matrimonio o pareja de hecho15 días naturales.15 días naturalesSe pueden disfrutar dentro de los 15 días anteriores o posteriores.Art. 19Reportar un error en «Permiso por matrimonio o pareja de hecho»
Permiso por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención de familiares5 días.5 díasArt. 19Reportar un error en «Permiso por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención de familiares»
Permiso por fallecimiento (cónyuge, pareja o parientes hasta 2.º grado)2 días; 4 si tienes que desplazarte.2 díasDos días más si hay que desplazarse.Art. 19Reportar un error en «Permiso por fallecimiento (cónyuge, pareja o parientes hasta 2.º grado)»
Permiso por traslado de domicilio1 día.1 díaArt. 19Reportar un error en «Permiso por traslado de domicilio»
Días de asuntos propiosNo los recoge.2 díasNo son días extra retribuidos: se descuentan de vacaciones, festivos o salario.Mejora la leyArt. 19Reportar un error en «Días de asuntos propios»

Art. 37.3.a del Estatuto (abre la web oficial)Art. 37.3.b del Estatuto (abre la web oficial)Art. 37.3 b bis del Estatuto (abre la web oficial)Art. 37.3.c del Estatuto (abre la web oficial)Art. 37.3 del Estatuto (abre la web oficial)

Si te pones de baja

La Seguridad Social paga una parte. Tu convenio puede obligar a la empresa a completar el resto.

Baja por enfermedad o accidente

La Seguridad Social

Por enfermedad común: nada los 3 primeros días, el 60 % de la base reguladora del día 4 al 20 y el 75 % desde el día 21. Por accidente de trabajo, el 75 % desde el día siguiente.

Decreto 3158/1966, art. 2, y RD 53/1980 (abre la web oficial)

Tu convenio

Baja por accidente: complemento desde el primer día

100 %

Máximo 18 meses.

Art. 39Reportar un error en «Baja por accidente: complemento desde el primer día»

Primera baja del año por enfermedad: complemento desde el primer día

100 %

En la segunda y siguientes, desde el cuarto día (desde el primero si hay hospitalización o intervención quirúrgica). Máximo 18 meses.

Art. 39Reportar un error en «Primera baja del año por enfermedad: complemento desde el primer día»

Pluses y ayudas

Cada uno con sus condiciones en el artículo.

Manutención sustituida en metálico (2025)
57,82 € al mesEn especie o, a opción de la persona trabajadora, en metálico, en establecimientos que elaboran comidas o tienen restaurante. 2023: 52,95 €; 2024: 55,60 €.
Art. 28Reportar un error en «Manutención sustituida en metálico (2025)»
Plus convenio (antiguo plus de transporte), 2025
191,22 € al mesSustituye al plus de transporte desde el 15-6-2019; once meses al año según el anexo I. 2023: 175,11 €; 2024: 183,87 €.
Art. 29Reportar un error en «Plus convenio (antiguo plus de transporte), 2025»
Plus compensatorio de formación (si la empresa no acredita formación)
20,00 € al mesDesde 2024, para quien trabaje al menos 90 días al año; no se paga en las pagas extra y no se revisa.
Art. 31Reportar un error en «Plus compensatorio de formación (si la empresa no acredita formación)»
Nocturnidad de 0:00 a 8:00 (sobre el salario base)
25 %De 22:00 a 0:00, el 1 %. Con 5 o más horas entre las 22:00 y las 8:00, toda la jornada es nocturna.
Art. 27Reportar un error en «Nocturnidad de 0:00 a 8:00 (sobre el salario base)»

Otras condiciones

Seguros, ayudas y lo demás que regula tu convenio.

Gratificación por matrimonio o pareja de hecho (2025)
1.012,40 €Con al menos 4 años en la empresa y seguir 6 meses después. 2023: 927,10 €; 2024: 973,46 €.
Art. 33Reportar un error en «Gratificación por matrimonio o pareja de hecho (2025)»
Seguro de incapacidad permanente y fallecimiento
18.000,00 €Para quien tenga al menos cuatro años de antigüedad. No se revisa cada año.
Art. 34Reportar un error en «Seguro de incapacidad permanente y fallecimiento»

Las tablas y los datos se han extraído del boletín con ayuda de un sistema de IA y han pasado comprobaciones automáticas: cada importe y cada frase citada están en el documento oficial. Cómo lo hacemos.

Qué ha cambiado

Frente al texto anterior (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, 20/11/2021).

  • Nueva vigencia: del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2025 (antes, 2021-2022) (art. 5).
  • Subidas sobre todos los conceptos: 6 % en 2023 (con efectos desde el 1 de julio, sin atrasos de enero a junio), 5 % en 2024 y 4 % en 2025; antes, 0 % en 2021 y 1 % en 2022 (art. 5).
  • Licencias: la de accidente, enfermedad grave u hospitalización de familiares pasa de 2 a 5 días; el fallecimiento queda en 2 días, más 2 si hay desplazamiento; el nacimiento de hijo sale de la lista (art. 19).
  • Flexibilidad de jornada en centros de 50 o más: la bolsa anual pasa de 88 a 100 horas y la semana máxima de 45 a 44 horas (art. 14).
  • Las horas extra siguen con un recargo del 100 %, y ahora pueden compensarse con 1,5 horas de descanso por hora (art. 15).
  • Manutención en metálico: 52,95 € al mes en 2023, 55,60 € en 2024 y 57,82 € en 2025 (49,95 € en 2022); plus convenio: 175,11 €, 183,87 € y 191,22 € (165,20 € en 2022) (arts. 28 y 29).
  • Seguro de incapacidad permanente y fallecimiento: de 14.000 a 18.000 €, y basta con 4 años de antigüedad (antes, 10) (art. 34).
  • Gratificación por matrimonio o pareja de hecho: 927,10 € en 2023, 973,46 € en 2024 y 1.012,40 € en 2025 (874,62 € en 2022) (art. 33).
  • Nuevo: plus compensatorio de formación de 20 € al mes desde 2024 si la empresa no acredita formación (art. 31).
  • Nuevo: contrato por circunstancias de la producción de hasta 9 meses en 12 (art. 10) y regulación del fijo discontinuo (art. 12).
  • Ayudantes, auxiliares, cocineros, preparadores y pinches con más de 4 años en la empresa (antes, 10) cobran el salario base de la categoría inmediatamente superior (art. 24).
  • Crédito horario de la representación: de 15 a 20 horas al mes hasta 50 personas, y más en el resto de tramos (art. 46).

Resumen preparado con los dos textos delante (07/10/2026). No sustituye al texto oficial.

Texto íntegro

Los 59 artículos, fieles al boletín, con un enlace a cada uno.

Leer el texto íntegro

Ficha técnica

Código del REGCON
28002085011981
Ámbito
Sector · provincial (Madrid)
Sector
Hostelería
Personas y empresas
233.600 personas y 32.000 empresas, según la hoja estadística del REGCON
Vigencia
Del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2025
Estado en el REGCON
Denunciado
Actualizado
24/10/2026