Saltar al contenido
Calcula tu sueldo

¿Cobras lo que te toca?

Compara tu nómina con la tabla salarial de tu convenio, cifra a cifra. Elige el tuyo y después tu puesto, tu jornada y lo que cobras.

Lucía, camarera de pisos, compara su nómina con el móvil en el pasillo del hotel.

Elige tu convenio

Comercio 5

Construcción 6

Farmacia 1

Hostelería 12

Limpieza 2

Metal 20

Oficinas y despachos 6

Seguridad privada 1

Transporte 1

Otros convenios 7

Cómo funciona

Es información, no asesoramiento. Se compara con lo que marca la tabla para tu puesto, sin antigüedad, pluses personales ni horas extra. El cálculo se hace en tu navegador: lo que escribes no se guarda ni se envía, salvo que pidas que te lo mandemos por correo.

  1. 1

    Elige tu convenio y tu puesto. La categoría está en tu contrato y en tu nómina. Cada convenio trae su tabla salarial comprobada cifra a cifra con el boletín.

  2. 2

    Escribe lo que cobras. En bruto, al mes o al año, y en tus pagas. Si trabajas a tiempo parcial, se compara en proporción a tus horas.

  3. 3

    Mira la diferencia. Al mes y al año, con el artículo y el boletín de la tabla y el salario mínimo en cómputo anual. Si te falta dinero, te decimos qué puedes hacer.

Preguntas frecuentes

¿Qué compara la calculadora?

Lo que marca la tabla salarial de tu convenio para tu puesto y tu año, en proporción a tu jornada, frente a lo que escribes que cobras. Usa la columna de salario de la tabla (salario base o total, según la tabla) y te dice cuál es.

¿Y si cobro menos de lo que marca mi convenio?

Puedes reclamar la diferencia. Las cantidades se pueden reclamar durante un año desde que debieron pagarse (art. 59.2 del Estatuto de los Trabajadores). Lo primero es pedirlo por escrito a la empresa.

¿Qué pasa si la tabla de mi convenio está por debajo del salario mínimo?

Se aplica el salario mínimo en cómputo anual: en 2026, 17.094 € al año por jornada completa (RD 126/2026, art. 3). La calculadora te lo avisa.

¿Se guarda lo que escribo?

No. El cálculo se hace en tu navegador y lo que escribes no se guarda ni se envía, salvo que pidas que te lo mandemos por correo.

Art. 59.2 del Estatuto (abre la web oficial)RD 126/2026, art. 3 (abre la web oficial)