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Vigente2021-2027Tablas comprobadas36 artículos

Convenio de hostelería de Bizkaia

CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE HOSTELERIA DE BIZKAIA. Provincial, para unas 26.000 personas y 7.000 empresas, según la hoja estadística del REGCON.

Salario en 2026
1.198 € a 1.920 €
al mes, en 15 pagas, según el puesto
Boletín Oficial de Bizkaia, 25/02/2026, pág. 2
Jornada
1.746 horas al año
Máximo de nueve horas ordinarias al día
Art. 8
Vacaciones
30 días naturales
Se pagan con el salario promedio de los tres últimos meses
Art. 12
Si te pones de baja
Hasta el 100 %
Baja por accidente de trabajo, enfermedad profesional u hospitalización
Art. 27

¿Cuánto cobro?

Lo que marca la tabla de tu convenio para cada puesto, al mes y en bruto. Pulsa «Neto» para ver lo que te queda.

¿Cobro lo que me toca?

Salario al mes en 2026TABLAS SALARIALES AÑO 2026 · Garantizado · en 15 pagas

  1. Nivel ESPECIAL1.197,67 €Neto
  2. Nivel QUINTA1.490,90 €Neto
  3. Nivel CUARTA1.600,56 €Neto
  4. Nivel TERCERA1.694,74 €Neto
  5. Nivel SEGUNDA1.823,79 €Neto
  6. Nivel PRIMERA1.920,46 €Neto

Boletín Oficial de Bizkaia, 25/02/2026, pág. 2 (abre la web oficial)Si con tus complementos no llegas al salario mínimo de 2026 (1.221,00 € al mes en 14 pagas), te corresponde el mínimo.

Subidas, pagas y otros importes

Revisión de la tabla de 2026
IPC de 2025 + 0,5 puntosSe calcula sobre el salario garantizado y se suma a la columna de complementos.
Art. 6Reportar un error en «Revisión de la tabla de 2026»
Revisión de la tabla de 2027
IPC de 2026 + 1,6 puntosSe calcula sobre el salario garantizado y se suma a la columna de complementos.
Art. 6Reportar un error en «Revisión de la tabla de 2027»
Antigüedad (porcentaje acumulado sobre el salario base)
3 % a los 3 años; 8 % a los 6; 16 % a los 9; 26 % a los 14; 38 % a los 19 y 45 % a los 24Cuadro del art. 19 (años de servicio, porcentaje y acumulado). El módulo es el salario base de las tablas.
Art. 19Reportar un error en «Antigüedad (porcentaje acumulado sobre el salario base)»
Pagas extraordinarias (abril, julio y diciembre)
3 pagasMejora la ley
Art. 23Reportar un error en «Pagas extraordinarias (abril, julio y diciembre)»
Tablas completas de 2026 (1)

TABLAS SALARIALES AÑO 2026

Categoría o nivelSalario Baseal mes · 15 pagasComplementosal mes · 15 pagasGarantizadoal mes · 15 pagasH. Extrasla horaH.E. Festivasla horaPlus H. Nocturnala horaPlus Formaciónal mes · 15 pagasGarantía Mínimaal mes
PRIMERAJefes/as de recepción, Contables generales, Jefes de cocina, Primeros/as jefes/as de comedor, Jefes/as de sala y 4 más725,06 €1.195,40 €1.920,46 €33,00 €41,25 €1,25 €30,13 €63,15 €
SEGUNDAJefes/a de sala (caterings), Interventor/a, Oficial de contabilidad, 2.º encargado/a de mostrador, 2.º encargado/a de barman y 14 más683,47 €1.140,32 €1.823,79 €31,34 €39,17 €1,17 €30,13 €59,97 €
TERCERADependientes/as de primera y dependiente/a (cat), Barmans, Camareros/as y similar, Reposteros/as, Recepcionistas y 13 más647,57 €1.047,17 €1.694,74 €29,12 €36,40 €1,11 €30,13 €55,73 €
CUARTADependiente/a de segunda, Ayudantes de dependientes y barmans, Telefonista de segunda, Bodeguero/a, Ayudantes de cocinero/a y 16 más647,57 €952,99 €1.600,56 €27,50 €34,38 €1,11 €30,13 €52,63 €
QUINTAMozos/as de equipaje, Porteros/as de servicio, Marmitones, Costureros/as, lavanderos/as y planchadores/as, Mozos/as de limpieza y limpiadores/as y 14 más647,57 €843,33 €1.490,90 €25,62 €32,02 €1,11 €30,13 €49,02 €
ESPECIAL647,57 €550,10 €1.197,67 €20,58 €25,72 €1,11 €30,13 €39,38 €

Boletín Oficial de Bizkaia, 25/02/2026, pág. 2 (abre la web oficial)Reportar un error en la tabla «TABLAS SALARIALES AÑO 2026»

Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.746 horas.

Al pasarla a datos: Tabla adjunta al acta de la Comisión Paritaria de 9-2-2026. Los importes de cuatro cifras van sin punto de millar («1195,40»).

Jornada y descansos

Lo que dice la ley y lo que dice tu convenio, uno al lado del otro.

Vacaciones

Los días y cómo se fijan las fechas.

Permisos

Días que puedes faltar avisando y justificándolo. Fíjate en si tu convenio los cuenta en días naturales o laborables.

PermisoLa leyTu convenio
Permiso por matrimonio o pareja de hecho15 días naturales.20 díasCuadro del art. 14 (pág. 8): «20 días (Se podrá comenzar como máximo tres días antes de la fecha de la ceremonia)». La capa de texto mezcla las celdas; la cita se corta antes de la mezcla. Boda de hijo o hermano: 1 día en Bizkaia, 2 en provincia limítrofe y 3 en el resto del Estado.Art. 14Reportar un error en «Permiso por matrimonio o pareja de hecho»
Permiso por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención de cónyuge, pareja o parientes hasta 2.º grado5 días.5 díasCuadro del art. 14 (pág. 9): 5 días; también por cualquier persona que conviva con la persona trabajadora y requiera su cuidado. La capa de texto mezcla las celdas: solo se cita el inicio de la fila.Art. 14Reportar un error en «Permiso por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención de cónyuge, pareja o parientes hasta 2.º grado»
Permiso por fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho2 días; 4 si tienes que desplazarte.6 díasCuadro del art. 14 (pág. 9): cónyuge o pareja de hecho, 6 días; padres, madres, hijos, hermanos, abuelos y nietos, 3 días en Bizkaia, 4 en provincia limítrofe y 5 en el resto del Estado; abuelos políticos y nietos, 2 en Bizkaia y 4 en el resto del Estado. La capa de texto del cuadro sale desordenada: solo se cita la fila.Mejora la leyArt. 14Reportar un error en «Permiso por fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho»
Asuntos propios (retribuidos si se justifican con documento oficial)No los recoge.de 1 a 6 días al añoCuadro del art. 14 (pág. 9): retribuidos con el salario real si se justifica su necesidad con documento oficial; si no, no se retribuyen. Se pueden repartir en dos veces; no se acumulan de un año a otro.Mejora la leyArt. 14Reportar un error en «Asuntos propios (retribuidos si se justifican con documento oficial)»
Horas al año para acudir a consulta médica propiaNo lo recoge como permiso propio.8 horas al añoMejora la leyArt. 14Reportar un error en «Horas al año para acudir a consulta médica propia»

Art. 37.3.a del Estatuto (abre la web oficial)Art. 37.3.b del Estatuto (abre la web oficial)Art. 37.3 b bis del Estatuto (abre la web oficial)Art. 37.3 del Estatuto (abre la web oficial)

Si te pones de baja

La Seguridad Social paga una parte. Tu convenio puede obligar a la empresa a completar el resto.

Baja por enfermedad o accidente

La Seguridad Social

Por enfermedad común: nada los 3 primeros días, el 60 % de la base reguladora del día 4 al 20 y el 75 % desde el día 21. Por accidente de trabajo, el 75 % desde el día siguiente.

Decreto 3158/1966, art. 2, y RD 53/1980 (abre la web oficial)

Tu convenio

Baja por accidente de trabajo, enfermedad profesional u hospitalización

100 %

Art. 27Reportar un error en «Baja por accidente de trabajo, enfermedad profesional u hospitalización»

Baja por enfermedad común de más de 30 días

100 %

Si la baja dura 30 días o menos, el convenio no la complementa.

Art. 27Reportar un error en «Baja por enfermedad común de más de 30 días»

Pluses y ayudas

Cada uno con sus condiciones en el artículo.

Manutención en metálico (si se sustituye la manutención en especie)
58,43 € al mes
Art. 26Reportar un error en «Manutención en metálico (si se sustituye la manutención en especie)»
Plus de desgaste de herramientas (si la empresa no las facilita)
45,46 € al mes
Art. 29Reportar un error en «Plus de desgaste de herramientas (si la empresa no las facilita)»
Plus compensatorio de formación (empresas que no acrediten formación)
30,13 € al mesLo pagan las empresas que no acrediten participar en planes de formación del sector (art. 20).
Art. 20Reportar un error en «Plus compensatorio de formación (empresas que no acrediten formación)»
Nocturnidad: 44 horas al mes incluidas en «Complemento»; el resto, por hora
Las primeras 44 horas nocturnas al mes van incluidas en la columna «Complemento»; las que pasen de 44 se pagan con el «Plus H. nocturna» de la tabla
Art. 22Reportar un error en «Nocturnidad: 44 horas al mes incluidas en «Complemento»; el resto, por hora»
Plus de repartidores (rider)
60,00 € al mesProporcional a la jornada realizada.
Art. 21Reportar un error en «Plus de repartidores (rider)»

Tu contrato y si te vas

Periodo de prueba, preaviso para irte, jubilación e indemnizaciones.

Compensación por vinculación al cesar a partir de los 59 años con 18 años en la empresa
Seis mensualidades de salario base más antigüedad, y una más por cada cuatro años por encima de 18Si el último cuatrienio no se completa: el 50 % de una mensualidad si faltan más de dos años; el 100 % en otro caso.
Art. 18Reportar un error en «Compensación por vinculación al cesar a partir de los 59 años con 18 años en la empresa»

Otras condiciones

Seguros, ayudas y lo demás que regula tu convenio.

Indemnización por fallecimiento por accidente de cualquier naturaleza
15,60 €Fallecimiento por enfermedad o invalidez permanente total, absoluta o gran invalidez: 7.800 €; accidente de circulación: 23.400 €. No acumulables.
Art. 32Reportar un error en «Indemnización por fallecimiento por accidente de cualquier naturaleza»
Indemnización por fallecimiento en accidente de circulación
23,40 €
Art. 32Reportar un error en «Indemnización por fallecimiento en accidente de circulación»

Las tablas y los datos se han extraído del boletín con ayuda de un sistema de IA y han pasado comprobaciones automáticas: cada importe y cada frase citada están en el documento oficial. Cómo lo hacemos.

Texto íntegro

Los 36 artículos, fieles al boletín, con un enlace a cada uno.

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Ficha técnica

Código del REGCON
48001205011981
Ámbito
Sector · provincial (Bizkaia)
Sector
Hostelería
Personas y empresas
26.000 personas y 7.000 empresas, según la hoja estadística del REGCON
Vigencia
Del 1 de julio de 2021 al 31 de diciembre de 2027
Estado en el REGCON
No denunciado
Actualizado
24/10/2026