Horas extra
La ley
Como máximo 80 al año. Se pagan (nunca por debajo de la hora ordinaria) o se compensan con descanso en 4 meses.
Art. 35 del Estatuto (abre la web oficial)Tu convenio
Recargo de las horas extraordinarias
75 %
100 % en domingo o festivo y entre las 22 y las 6 h (o dos horas de descanso). Si se compensan con descanso, una hora por hora trabajada.
Art. 47Reportar un error en «Recargo de las horas extraordinarias»
