Pausa en la jornada
Tu convenio
Descanso en jornada continuada de más de seis horas
20 minutos (tiempo de trabajo efectivo)
Art. 21Reportar un error en «Descanso en jornada continuada de más de seis horas»

XXV Convenio colectivo estatal de oficinas de farmacia. Estatal.
Denunciado. Una de las partes lo ha denunciado: se negocia uno nuevo y mientras tanto sigue aplicándose.
Lo que marca la tabla de tu convenio para cada puesto, al mes y en bruto. Pulsa «Neto» para ver lo que te queda.
Salario al mes en 2024Tabla de retribuciones para el año 2024. Convenio Oficinas de Farmacia · Salario base mensual (catorce pagas año) · en 14 pagas
Art. 32 y Anexo I · Boletín Oficial del Estado, 28/12/2022, pág. 188029
| Categoría o concepto | Salario base mensual (catorce pagas año)al mes · 14 pagas | Plus nocturnidad por hora | HE diurna laborablela hora | HE diurna festivala hora | HE nocturna laborablela hora | HE nocturna festivala hora | Total hora complementaria laborablela hora | Total hora complementaria festivala hora | Complemento diario guardia rural laborableal día | Complemento diario guardia rural festivaal día | Plus farmacéutico mensual regente | Plus farmacéutico mensual sustituto | Plus farmacéutico mensual adjunto | Plus mensual facultativo |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Facultativos.Farmacéutico Regente, Farmacéutico Sustituto, Farmacéutico Adjunto y Facultativo | 2.137,03 € | 2,56 € | 29,63 € | 36,90 € | 36,90 € | 40,54 € | 19,12 € | 25,85 € | 16,85 € | 19,39 € | 161,36 € | 161,36 € | 87,94 € | 87,94 € |
| Auxilia Mayor Diplomado (a extinguir).Auxiliar Mayor Diplomado (a extinguir) | 1.581,47 € | 1,89 € | 21,81 € | 27,20 € | 27,20 € | 30,04 € | 14,14 € | 19,12 € | 12,65 € | 14,68 € | — | — | — | — |
| Auxiliar Diplomado (a extinguir).Auxiliar Diplomado (a extinguir) | 1.448,74 € | 1,75 € | 20,07 € | 24,93 € | 24,93 € | 27,48 € | 12,93 € | 17,51 € | 11,32 € | 12,93 € | — | — | — | — |
| Técnico en Farmacia.Técnico en Farmacia | 1.448,74 € | 1,75 € | 20,07 € | 24,93 € | 24,93 € | 27,48 € | 12,93 € | 17,51 € | 11,32 € | 12,93 € | — | — | — | — |
| Auxiliar de Farmacia.Auxiliar de Farmacia | 1.317,42 € | 1,62 € | 18,19 € | 22,76 € | 22,76 € | 25,04 € | 11,87 € | 15,89 € | 11,32 € | 12,93 € | — | — | — | — |
| Ayudante (a extinguir).Ayudante (a extinguir) | 1.235,16 € | 1,48 € | 17,11 € | 21,28 € | 21,28 € | 23,43 € | 11,05 € | 14,96 € | 11,32 € | 12,93 € | — | — | — | — |
| Jefe Administrativo.Jefe Administrativo | 1.569,94 € | 1,89 € | 21,67 € | 27,07 € | 27,07 € | 29,76 € | 14,14 € | 19,00 € | — | — | — | — | — | — |
| Jefe Sección (a extinguir).Jefe de Sección (a extinguir) | 1.448,74 € | 1,75 € | 20,07 € | 24,93 € | 24,93 € | 27,48 € | 12,93 € | 17,51 € | — | — | — | — | — | — |
| Contable (a extinguir).Contable (a extinguir) | 1.383,79 € | 1,62 € | 19,12 € | 23,83 € | 23,83 € | 26,26 € | 12,38 € | 16,70 € | — | — | — | — | — | — |
| Administrativo.Administrativo | 1.383,79 € | 1,62 € | 19,12 € | 23,83 € | 23,83 € | 26,26 € | 12,38 € | 16,70 € | — | — | — | — | — | — |
| Oficial Administrativo(a extinguir).Oficial Administrativo (a extinguir) | 1.317,42 € | 1,62 € | 18,19 € | 22,76 € | 22,76 € | 25,04 € | 11,87 € | 15,89 € | — | — | — | — | — | — |
| Auxiliar Administrativo Caja (a extinguir).Auxiliar Administrativo (a extinguir) | 1.194,76 € | 1,48 € | 16,56 € | 20,60 € | 20,60 € | 22,62 € | 10,77 € | 14,41 € | — | — | — | — | — | — |
| Mozo.Mozo | 1.194,76 € | 1,48 € | 16,56 € | 20,60 € | 20,60 € | 22,62 € | 10,77 € | 14,41 € | — | — | — | — | — | — |
| Personal de limpieza.Personal de limpieza | 1.194,76 € | 1,48 € | 16,56 € | 20,60 € | 20,60 € | 22,62 € | 10,77 € | 14,41 € | — | — | — | — | — | — |
Art. 32 y Anexo I · Boletín Oficial del Estado, 28/12/2022, pág. 188029Página del PDF oficialReportar un error en la tabla «Tabla de retribuciones para el año 2024. Convenio Oficinas de Farmacia»
Validada el 24/10/2026. Jornada anual: 1.785 horas.
Lo que dice la ley y lo que dice tu convenio, uno al lado del otro.
Tu convenio
Descanso en jornada continuada de más de seis horas
20 minutos (tiempo de trabajo efectivo)
Art. 21Reportar un error en «Descanso en jornada continuada de más de seis horas»
La ley
Como máximo 80 al año. Se pagan (nunca por debajo de la hora ordinaria) o se compensan con descanso en 4 meses.
Art. 35 del Estatuto (abre la web oficial)Tu convenio
Compensación de la hora extra con descanso
1 h 45 min (diurna laborable), 2 h (diurna festiva o nocturna laborable), 2 h 30 min (nocturna festiva)
Si se pagan, importes por hora en el anexo I (columnas HE). El descanso se toma en los tres meses siguientes.
Art. 24Reportar un error en «Compensación de la hora extra con descanso»
La ley
Como máximo, 40 horas a la semana de promedio en el año.
Art. 34.1 del Estatuto (abre la web oficial)Tu convenio
Los días y cómo se fijan las fechas.
La ley
Al menos 30 días naturales. Las fechas se conocen con 2 meses de antelación.
Art. 38 del Estatuto (abre la web oficial)Tu convenio
Época de las vacaciones
De mayo a octubre
El convenio no fija los días de vacaciones: remite al art. 38 del Estatuto de los Trabajadores. Si por causa no imputable al trabajador no puede tomarlas en el periodo fijado por la farmacia, tiene cinco días hábiles más.
Días que puedes faltar avisando y justificándolo. Fíjate en si tu convenio los cuenta en días naturales o laborables.
| Permiso | La ley | Tu convenio |
|---|---|---|
| Permiso por matrimonio | 15 días naturales. | 20 díasEl convenio no dice si son naturales o laborables. Se extiende a las parejas de hecho acreditadas (art. 27.3).Art. 27Reportar un error en «Permiso por matrimonio» |
| Permiso por accidente, enfermedad grave u hospitalización del cónyuge o familiares | 5 días. | 5 días naturalesTres días naturales para el segundo grado de afinidad.Art. 27Reportar un error en «Permiso por accidente, enfermedad grave u hospitalización del cónyuge o familiares» |
| Permiso por fallecimiento de ascendientes, descendientes hasta segundo grado, cónyuge o hermanos | 2 días; 4 si tienes que desplazarte. | 3 días naturalesCinco días si hay desplazamiento.Mejora la leyArt. 27Reportar un error en «Permiso por fallecimiento de ascendientes, descendientes hasta segundo grado, cónyuge o hermanos» |
| Lactancia acumulada | 1 hora al día (o media hora de reducción, o acumulada en jornadas) hasta los 9 meses. | 1 mesMes completo si la reincorporación es justo después de las seis semanas tras el parto; si no, la parte proporcional según la fórmula del art. 27.4.Art. 27Reportar un error en «Lactancia acumulada» |
| Días de asuntos propios al año | No los recoge. | 2 díasSin acumular a vacaciones ni puentes salvo acuerdo; preaviso mínimo de una semana.Mejora la leyArt. 27Reportar un error en «Días de asuntos propios al año» |
| Ausencias por consulta médica propia | No lo recoge como permiso propio. | RetribuidasMejora la leyArt. 47Reportar un error en «Ausencias por consulta médica propia» |
| Permiso por boda de hijos, hermanos o padres | No lo recoge. | El día de la bodaMejora la leyArt. 27Reportar un error en «Permiso por boda de hijos, hermanos o padres» |
| Tardes del 24 y 31 de diciembre y mañana del Sábado Santo | — | Permiso retribuidoSi la farmacia abre, ese tiempo se paga o compensa como horas extraordinarias, a elección del personal.Art. 27Reportar un error en «Tardes del 24 y 31 de diciembre y mañana del Sábado Santo» |
Art. 37.3.a del Estatuto (abre la web oficial)Art. 37.3.b del Estatuto (abre la web oficial)Art. 37.3 b bis del Estatuto (abre la web oficial)Art. 37.4 del Estatuto (abre la web oficial)Art. 37.3 del Estatuto (abre la web oficial)
La Seguridad Social paga una parte. Tu convenio puede obligar a la empresa a completar el resto.
La Seguridad Social
Por enfermedad común: nada los 3 primeros días, el 60 % de la base reguladora del día 4 al 20 y el 75 % desde el día 21. Por accidente de trabajo, el 75 % desde el día siguiente.
Decreto 3158/1966, art. 2, y RD 53/1980 (abre la web oficial)Tu convenio
Complemento de la baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional
Hasta el total de las retribuciones en activo
Art. 47Reportar un error en «Complemento de la baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional»
Complemento de la baja por enfermedad común o accidente no laboral
Hasta el total de las retribuciones, con hospitalización o enfermedad grave, máximo 6 meses
Sin derecho si no se tiene el periodo mínimo de cotización exigido.
Art. 47Reportar un error en «Complemento de la baja por enfermedad común o accidente no laboral»
Periodo de prueba, preaviso para irte, jubilación e indemnizaciones.
La ley
El del convenio. Si no lo fija: hasta 6 meses los técnicos titulados y 2 meses el resto (3 en empresas de menos de 25).
Art. 14.1 del Estatuto (abre la web oficial)Tu convenio
Periodo de prueba máximo
180 días (facultativos), 90 (técnicos), 60 (auxiliares y administrativos), 24 (subalternos)
Solo si consta por escrito; en contratos temporales, como máximo un tercio de su duración.
La ley
El que marque el convenio o la costumbre del lugar.
Art. 49.1.d del Estatuto (abre la web oficial)Tu convenio
Preaviso para dejar la empresa
90 días (facultativos), 30 (técnicos), 15 (auxiliares, administrativos y subalternos)
En contratos temporales, la mitad para facultativos y técnicos y siete días para el resto. Sin preaviso, la empresa descuenta un día de salario por cada dos de retraso.
Art. 17Reportar un error en «Preaviso para dejar la empresa»
Seguros, ayudas y lo demás que regula tu convenio.
Las tablas y los datos se han extraído del boletín con ayuda de un sistema de IA y han pasado comprobaciones automáticas: cada importe y cada frase citada están en el documento oficial. Cómo lo hacemos.
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