CRITERIOS GENERALES
1. La Clasificación Profesional se efectúa atendiendo fundamentalmente a los criterios de aptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación.
2. La clasificación se realiza en Grupos Profesionales, que a su vez pueden contener Divisiones Funcionales, y por interpretación y aplicación de criterios generales objetivos y por las tareas y funciones básicas más representativas que desarrollen las personas trabajadoras.
3. En caso de concurrencia en un puesto de trabajo de tareas básicas correspondientes a diferentes Grupos Profesionales, la clasificación se realizará en función de las actividades propias del Grupo Profesional superior. Este criterio de clasificación no supondrá que se excluya en los puestos de trabajo de cada Grupo Profesional la realización de tareas complementarias que sean básicas para puestos clasificados en Grupos Profesionales inferiores.
4. Los criterios de definición de los grupos profesionales, y en su caso de las divisiones funcionales, se acomodan a reglas comunes para todas las personas trabajadoras, garantizando la ausencia de discriminación directa o indirecta entre hombres y mujeres.
5. Los factores que influyen en la clasificación profesional de los trabajadores y que, por tanto, indican la pertenencia de cada uno de estos a un determinado Grupo Profesional, según los criterios determinados en el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores, son los siguientes:
a. Conocimientos
Factor para cuya valoración deberá tenerse en cuenta, además de la formación básica necesaria para poder cumplir correctamente el cometido, el grado de conocimiento y experiencia adquiridos, así como la dificultad en la adquisición de dichos conocimientos o experiencias.
b. Iniciativa
Factor para cuya valoración deberá tenerse en cuenta el mayor o menor grado de dependencia a directrices o normas para la ejecución de la función.
c. Autonomía
Factor para cuya valoración deberá tenerse en cuenta la mayor o menor dependencia jerárquica en el desempeño de la función que se desarrolle.
d. Responsabilidad
Factor para cuya valoración deberá tenerse en cuenta tanto el grado de autonomía de acción del titular de la función, como el grado de influencia sobre los resultados e importancia de la gestión.
e. Mando
Factor que tendrá en cuenta el conjunto de tareas de planificación, organización, control y dirección de las actividades de otros, asignadas por la dirección de la empresa, que requieren de los conocimientos para comprender, motivar y desarrollar a las personas que dependen jerárquicamente del puesto, teniendo en cuenta la naturaleza del colectivo y el número de personas sobre las que ejerce el mando.
f. Complejidad
Factor cuya valoración estará en función del mayor o menor número, así como del mayor o menor grado de integración del resto de los factores en la tarea o puesto encomendado.
6. Las categorías profesionales vigentes en el anterior convenio, que se muestran en las tablas de adaptación con carácter transitorio, se toman como referencia de integración en los Grupos profesionales, a título orientativo se mencionan en cada uno de los mismos, y se enumeran en Divisiones Funcionales definidas en los siguientes términos:
A. Técnico de Estructura
Es el personal con alto grado de cualificación, experiencia y aptitudes equivalentes a las que se pueden adquirir con titulaciones superiores y medias, realizando tareas de elevada cualificación y complejidad.
B. Técnicos
Es el personal que por sus cualificados conocimientos y/o experiencia supervisa o no la labor de otros trabajadores y trabajadoras y realiza tareas administrativas, comerciales, organizativas, de informática, de taller y, en general, las específicas de puestos de oficina, que permiten informar de la gestión, de la actividad económico-contable, coordinar labores productivas. C. Empleados de Estructura
Es el personal que por sus conocimientos y/o experiencia realiza tareas administrativas, comerciales, organizativas, de informática y, en general, las específicas de puestos de oficina, que permiten informar de la gestión, de la actividad económico-contable, coordinar labores productivas o realizar tareas que comporten atención a las personas.
D. Empleados
Es el personal que realiza bajo supervisión tareas auxiliares administrativas, comerciales, organizativas, de informática y, en general, las específicas de puestos de oficina, que dan soporte a la gestión, a la actividad económico-contable, la realización de tareas auxiliares que comporten atención a las personas o en labores de mantenimiento, transporte u otras operaciones complementarias.
DESCRIPCIÓN DE LOS GRUPOS PROFESIONALES
GRUPO PROFESIONAL 1
Criterios Generales
Las personas trabajadoras pertenecientes a este Grupo, tienen la responsabilidad directa en la gestión de una o varias áreas funcionales de la empresa, o realizan tareas técnicas de la más alta complejidad y cualificación. Toman decisiones o participan en su elaboración así como en la definición de objetivos concretos. Desempeñan sus funciones con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad.
Formación: Titulación universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes reconocidos por la empresa, completados con estudios específicos y/o con una dilatada experiencia profesional consolidada en el ejercicio de su profesión.
Pertenecen a la división de �Técnicos de Estructura� a título orientativo, los siguientes: — Licenciados/as
— Ingenieros/as
— Grado universitario
— Jefe/a de Personal, Ventas o Compras
— Encargado/a General
— Analista de sistemas
Tareas:
Ejemplos.- En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que, por analogía, son asimilables a las siguientes:
1. Supervisión y dirección técnica de un grupo de servicios o de la totalidad de los mismos. 2. Tareas de dirección técnica de alta complejidad y heterogeneidad, con elevado nivel de autonomía e iniciativa dentro de su campo, en funciones de investigación, control de calidad, definición de estrategias comerciales, administración, asesoría jurídico-laboral y fiscal, etc. 3. Tareas técnicas de muy alta complejidad y polivalencia, con el máximo nivel de autonomía e iniciativa dentro de su campo, pudiendo implicar asesoramiento en las decisiones fundamentales de la empresa.
4. Funciones consistentes en planificar, ordenar y supervisar un área, servicio o departamento de una empresa de dimensión media, o en empresas de pequeña dimensión, con responsabilidad sobre los resultados de la misma.
5. Gestión al frente de un establecimiento del que dependen sucursales en distintas plazas o quien asume la dirección superior de varias sucursales que radican en una misma plaza. 6. Responsabilidad y dirección de la explotación de un ordenador o de redes locales de servicios informáticos sobre el conjunto de servicios de procesos de datos en unidades de dimensiones medias.
7. Coordinación, supervisión, ordenación y/o dirección de trabajos heterogéneos o del conjunto de actividades dentro de un área, servicio o departamento.
8. Tareas de dirección de la gestión comercial con amplia responsabilidad sobre un sector geográfico delimitado.
9. Tareas que requieren conocimiento de las técnicas de organización del trabajo y del uso y posibilidades de los distintos tipos de ordenadores existentes, puede efectuar los estudios para la implantación o modificación del proceso de datos de una entidad y su progresiva aplicación a los distintos sectores de la misma.
10. Tareas de análisis de sistemas informáticos, consistentes en definir, desarrollar e implantar los sistemas mecanizados, tanto a nivel físico (hardware) como a nivel lógico (software).
Nivel Salarial: Este grupo profesional comprende los siguientes niveles salariales:
NIVEL 1 (Respecto a la antigua clasificación profesional y a modo orientativo encuadraría a los siguientes: Licenciados/as, Ingenieros/as, Jefe/a de Personal, Jefe/a de Ventas, Jefe/a de Compras, Encargado/a General, analista de Sistemas).
GRUPO PROFESIONAL 2
Criterios Generales
Son personas trabajadoras con un amplio grado de autonomía y responsabilidad realizan tareas complejas pero homogéneas, con objetivos globales definidos. Asimismo pueden realizar en virtud de la responsabilidad que le pueda ser atribuida tareas de supervisión, integración y coordinación. Formación.- Titulación universitaria de grado medio, formación profesional de grado superior o conocimientos equivalentes equiparados por la empresa, completados con una experiencia dilatada en su sector profesional.
Este grupo profesional comprende la división funcional de �Técnicos�, a título orientativo, los siguientes: — Ayudante técnico
— Jefe/a 1ª Administrativo
— Jefe/a de Almacén
— Analista de aplicaciones
— Programador/a de sistemas
— Delineante y rotulista
— Escaparatista
— Dibujante y proyectista
— Jefe/a de sucursal
Tareas:
Ejemplos.- En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que, por analogía, son asimilables a las siguientes:
1. Funciones que suponen la responsabilidad de ordenar, coordinar y supervisar la ejecución de tareas heterogéneas de comercialización, mantenimiento, administración, servicios, o tareas similares, o en cualquier agrupación de ellas, cuando las dimensiones de la empresa aconsejen tales agrupaciones.
2. Estar al frente de un almacén, teniendo a su cargo la reposición, recepción, conservación y marca de las mercancías, el registro de su entrada y salida, su distribución a las secciones, a sucursales, el cumplimiento de los pedidos, la ordenación de los muestrarios, o tareas similares.
3. Quien, provisto o no de poder, asume con plenas facultades la dirección o vigilancia de todas las funciones administrativas de una Empresa que las tenga organizadas o distribuidas en varias secciones.
4. Tareas de confección de toda clase de rótulos, carteles, escaparates y trabajos semejantes. 5. Tareas de alto contenido técnico consistentes en prestar soporte, con autonomía media y bajo directrices y normas que no delimitan totalmente la forma de proceder en funciones de investigación, control de calidad, vigilancia y control de procesos comerciales, desarrollo de proyectos sencillos, y tareas similares.
6. Tareas técnicas con dominio de los lenguajes de codificación propios del ordenador para formar programas de aplicación general.
7. Tareas que requieren conocimiento de las características del ordenador y de la organización del trabajo de la empresa, de acuerdo con el sistema establecido, estudia, prepara y supervisa la integración del trabajo en los programas de funcionamiento del ordenador.
8. Tareas de delineación de proyectos sencillos, levantamiento de planos de conjunto y detalle, partiendo de información recibida y realizando los tanteos necesarios a la vez que proporcionando las soluciones requeridas.
Nivel Salarial: Este grupo profesional comprende los siguientes niveles salariales:
NIVEL 2.1 (Respecto a la antigua clasificación profesional y a modo orientativo encuadraría a los siguientes: Jefe/a Administrativo de Primera)
NIVEL 2.2 (Respecto a la antigua clasificación profesional y a modo orientativo encuadraría a los siguientes: Jefe/a de Almacén, Jefe/a de Sucursal, Analista de aplicaciones, Programador/a de sistemas, Ayudantes técnicos, Dibujante y proyectista)
NIVEL 2.3 (Respecto a la antigua clasificación profesional y a modo orientativo encuadraría a los siguientes: Rotulista y delineante, escaparatista)
GRUPO PROFESIONAL 3
Criterios Generales
Son aquellas personas trabajadoras que, con un grado medio de autonomía y en un marco de instrucciones, realizan tareas que pueden exigir su desarrollo por parte de trabajadores encargados de su ejecución, Funciones que suponen, integración, coordinación y supervisión de tareas homogéneas. Pueden suponer corresponsabilidad de mando.
Formación.- Titulación equiparable a ciclo formativo de grado medio o superior, y/o de módulo superior o conocimientos equivalentes reconocidos por la empresa y/o formación en el puesto de trabajo o conocimientos adquiridos en el desempeño de la profesión.
Este grupo profesional comprende la división funcional de �Técnicos�, a título orientativo, los siguientes: — Jefe/a de Sección Admvo
— Jefe/a de Grupo
— Jefe/a de Taller
— Programador/a de aplicaciones
— Visitador/a
Tareas:
Ejemplos.- En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que, por analogía, son asimilables a las siguientes:
1. Tareas que requieren capacitación técnica al frente de un taller auxiliar de la actividad principal de la Empresa, con mando sobre los profesionales de oficio y demás personal del mismo, pudiendo organizar y distribuir el trabajo.
2. Tareas realizadas fuera o dentro de los establecimientos de la empresa de gestión de visitas y encuestas de índole comercial, administrativa o de relaciones públicas.
3. Tareas que suponen el mando y/o supervisión de una de las secciones en las que el trabajo pueda estar dividido, con autoridad directa sobre los empleados a sus órdenes, según normas generales recibidas de un superior jerárquico.
4. Tareas que requieren el dominio de las técnicas y los lenguajes propios del ordenador para formar programas de instrucciones que ejecuten un programa.
5. Tareas técnicas administrativas o de organización de gestión.
6. Tareas de gestión comercial con responsabilidad sobre un sector geográfico delimitado y/o una gama específica de productos.
Nivel Salarial: Este grupo profesional comprende los siguientes niveles salariales:
NIVEL 3.1 (Respecto a la antigua clasificación profesional y a modo orientativo encuadraría a los siguientes: Jefe/a de Sección Admvo., Jefe/a de Grupo, Jefe/a de Taller, Programador/a de aplicaciones) NIVEL 3.2 (Respecto a la antigua clasificación profesional y a modo orientativo encuadraría a los siguientes: Visitador/a)
GRUPO PROFESIONAL 4
Criterios Generales
Aquellas personas trabajadoras que realizan tareas que consisten en la ejecución de trabajos que, aunque se realizan bajo instrucciones precisas, requieren adecuados conocimientos profesionales y aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada por una supervisión sistemática. Formación.- Titulación equiparable a Enseñanza Secundaria Obligatoria, ciclo formativo de grado medio o conocimientos equivalentes reconocidos por la empresa y/o formación en el puesto de trabajo o conocimientos adquiridos en el desempeño de la profesión.
Este grupo profesional comprende las siguientes divisiones funcionales y niveles salariales: Este grupo profesional comprende la división funcional de �Empleados de Estructura�, a título orientativo, los siguientes:
— Contable, cajero/a, Oficial 1ª admvo./a
— Operador/a de ordenador
— Jefe/a de sección
— Practicante / ATS
— Dependiente/a Mayor
— Viajante
— Conductor/a “D” y “E”
— Encargado/a de establecimiento
— Corredor de plaza
— Oficial Admvo./a 2ª
— Dependiente/a 22 años
Tareas:
Ejemplos.- En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que, por analogía, son asimilables a las siguientes:
1. Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios a la vista de ofertas recibidas, recepción y tramitación de pedidos y propuestas de contestación.
2. Tareas que consisten en establecer, en base a documentos contables, una parte de la contabilidad. 3. Preparación y operación del equipo informático para la ejecución de los procesos planificados.
Preparación de los materiales de entrada/salida necesarios para los trabajos a realizar. Operar el ordenador de acuerdo con las instrucciones del manual del operador. Controla la ejecución de los trabajos e informa de las anomalías o incidentes ocurridos durante el proceso determinando en lo posible si son consecuencia de fallos del ordenador, del sistema operativo o del programa. Registra los tiempos de utilización de equipos.
4. Tareas comerciales realizando habituales viajes, según la ruta previamente señalada, para ofrecer artículos, tomar nota de los pedidos, informar a los clientes, transmitir los encargos recibidos y cuidar de su cumplimiento fuera del tiempo dedicado a los viajes, sin menoscabo de su dignidad profesional.
5. Tareas al frente de un pequeño establecimiento bajo la directa dependencia de la Empresa, teniendo a su cargo verificar las compras, retirar los pedidos, efectuar los ingresos, etc. 6. Realización de labores comerciales en establecimientos o en casas particulares de la misma en que radica el establecimiento a cuyo servicio está, ofreciendo artículos, tomando nota de los pedidos, informando a los clientes, transmitiendo los encargos recibidos y velando por su cumplimiento.
7. Encargado de realizar las ventas, con conocimientos prácticos de los artículos cuyo despacho le está confiado, en forma que pueda orientar al público en sus compras (cantidad precisa, según características del uso a que se destine, novedades, etc.); deberá cuidar el recuento de mercancías para solicitar su reposición en tiempo oportuno y de exhibición en escaparates y vitrinas, poseyendo además los conocimientos elementales de cálculo mercantil que son necesarios para efectuar las ventas.
8. Conductor o conductora con carnet de clase «D» y «E» que utilice un vehículo que corresponda a su carnet.
9. Realización de tareas, con conocimientos técnicos y prácticos necesarios para la vida mercantil, que requieran propia iniciativa, tales como redacción de correspondencia o de contratos mercantiles corrientes, elaboración estadística con capacidad analítica, gestión de informes, transcripción en libros de contabilidad, liquidación de subsidios y seguros sociales, etc.
10. Tareas de gestión de compras de aprovisionamientos y bienes convencionales de pequeña complejidad o de
11. Tareas de archivo, registro, cálculo, facturación o similares que requieran algún grado de iniciativa. 12. Tareas administrativas desarrolladas con utilización de aplicaciones informáticas.
13. Tareas elementales de cálculo de salarios, valoración de costes, funciones de cobro y pago, etc., dependiendo y ejecutando directamente las órdenes de un mando superior.
Nivel Salarial: Este grupo profesional comprende los siguientes niveles salariales:
NIVEL 4.1 (Respecto a la antigua clasificación profesional y a modo orientativo encuadraría a los siguientes: Contable, cajero/a, Oficial 1ª admvo, Operador/a de ordenador, Jefe/a de sección, Practicante / ATS, Dependiente/a Mayor, Viajante)
NIVEL 4.2 (Respecto a la antigua clasificación profesional y a modo orientativo encuadraría a los siguientes: Conductor/a “D” y “E”, Encargado/a de establecimiento, Corredor de plaza, Oficial Admvo./a 2ª, Dependiente/a 22 años).
GRUPO PROFESIONAL 5
Criterios Generales
Tareas que consisten en la ejecución de trabajos que se realizan siguiendo un método de trabajo preciso, según instrucciones específicas, con un total grado de dependencia jerárquica y funcional. Pueden o no requerir formación específica (carnet de conducir), y ocasionalmente puede ser necesario un breve período de adaptación.
Formación.- Conocimientos elementales relacionados con las tareas que desempeña, así como a conocimientos adquiridos en el desempeño de su profesión.
Este grupo profesional comprende la división funcional de �Empleados�, a título orientativo, los siguientes:
— Oficial 1ª y Conductor/a “C”
— Cobrador de ventas a crédito
— Conserje
— Cobrador/a
— Auxiliares
— Oficial 2ª y Conductor/a “B”
— Oficial 3ª y Conductor/a “A1”
— Capataz
— Mozo/a especializado/a
— Telefonista
— Personal de limpieza
Tareas:
Ejemplos.- En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que, por analogía, son equiparables a las siguientes:
1. Actividades sencillas, que exijan regulación y puesta a punto o manejo de cuadros, indicadores y paneles no automáticos.
2. Tareas de control de accesos a edificios y locales sin requisitos especiales ni arma. 3. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas.
Telefonista y/o recepcionista.
4. Trabajos de reprografía en general.
5. Trabajos sencillos y rutinarios de mecanografía, archivo, cálculo, facturación o similares de administración.
6. Realización de funciones informáticas sencillas y rutinarias de fácil comprobación.
7. Tareas de transporte y paletización realizadas con elementos mecánicos.
8. El conductor o conductora con carnet de clase «C» o «C-1» o «C1E» que utilice un vehículo que corresponda a su carnet.
9. El conductor o conductora con carnet de clase «B» o «BE» que utilice un vehículo que corresponda a su carnet.
10. El conductor o conductora con carnet de clase «A» que utilice un vehículo que corresponda a su carnet.
11. Tareas de operación de equipos de transmisión de información, fax, etc.
12. Tareas de grabación de datos en sistemas informáticos y/o impresión y lectura de los mismos. 13. Tareas de mecanografía, con buena presentación de trabajo y ortografía correcta y velocidad adecuada que pueden llevar implícita la redacción de correspondencia según formato e instrucciones específicas, pudiendo utilizar paquetes informáticos como procesadores de textos o similares.
14. Realizar agrupaciones de datos, resúmenes, estadísticas, cuadros, seguimientos, histogramas, certificaciones, etc., con datos suministrados por otros que los toman directamente en base a normas generalmente precisas.
15. Tareas que consisten en efectuar recados, encargos, llevar o recoger correspondencia. 16. Tareas de electrónica, siderurgia, automoción, instrumentación, montaje o soldadura, albañilería, carpintería, electricidad, pintura, mecánica, o tareas similares, con capacitación suficiente para resolver bajo directrices concretas requisitos de su oficio o responsabilidad.
Nivel Salarial: Este grupo profesional comprende los siguientes niveles salariales:
NIVEL 5.1 (Respecto a la antigua clasificación profesional y a modo orientativo encuadraría a los siguientes: Oficial 1ª y Conductor/a “C”, Cobrador de ventas a crédito)
NIVEL 5.2 (Respecto a la antigua clasificación profesional y a modo orientativo encuadraría a los siguientes: Conserje, Cobrador/a, Auxiliares, Oficial 2ª y Conductor/a “B”, Oficial 3ª y Conductor/a “A1”, Capataz, Mozo/a especializado/a, Personal de limpieza contratado a tiempo completo, Telefonista).