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Texto íntegro del convenio de comercio de materiales de construcción y saneamiento de Lugo

COMERCIO DE MATERIALES DE CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

BOP de Lugo · · págs. 2-9 · 5 artículos

Fiel al boletín. Solo se unen las líneas cortadas y se quitan cabeceras, pies y números de página. Se han suprimido 15 datos personales (nombres de quienes negociaron o firmaron, DNI…), marcados con «[…]».

Resolución de publicación

MIÉRCOLES, 7 DE OCTUBRE DE 2026

N.º 229

XUNTA DE GALICIA

CONSELLERÍA DE VIVIENDA Y PLANIFICACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS. AGENCIA GALLEGA DE INFRAESTRUCTURAS. SERVICIO PROVINCIAL DE LUGO

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Autorizado el correspondiente pago de expropiaciones de los terrenos ocupados con motivo de las obras de: Obra: MEJORA DE La CAPACIDAD Y SEGURIDAD DE La LU-540 (VIVEIRO - CABREIROS)

Término municipal: VIVEIRO

Clave: LU/19/165.10

Este servicio provincial de la Agencia Gallega de Infraestructuras resolvió:

Señalar la fecha de pago, según la relación de afectados que se aporta.

Día: 27 de octubre de 2026

Lugo, 29 de septiembre de 2026.- El jefe del servicio provincial de la Agencia Gallega de Infraestructuras, Gerardo Pallares Sánchez.

LISTADO DE PROPIETARIOS

EXPEDIENTE:

CLAVE: LU/19/165.10

OBRA: MEJORA DE La CAPACIDAD Y SEGURIDAD DE La LU-540 (VIVEIRO - CABREIROS)

AYUNTAMIENTO: VIVEIRO

PREDIO

TITULAR/ES

DNI

2-10

FERNANDEZ RIVERA, JESUS

[…]

R. 2652

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LUGO

SERVICIO DE CONTRATACIÓN Y FOMENTO. UNIDAD DE OBRAS Y PLANES Anunicio

INFORMACIÓN PÚBLICA

Por el órgano competente de esta Diputación fue tomado en consideración el proyecto de la obra:

2026/CON_02/000090.- NAVIA DE SUARNA.- Rehabilitación de firme LU-P-3503 “Silvouta (LU-P-3505) – Valgo – Vilor”, p.k. 0+000 la 1+260 y LU-P-3505 “Navia (LU-722) – Vilaquinte – Donís (LU-P-1401)”, p.k. 8+640 la 11+255

En cumplimiento del que se dispone en el art. 93 del T.R.R.L aprobado por R.D.L. 781/86, y demás normativa de aplicación, se abre un período de información pública a los efectos de alegatos, reclamaciones o sugerencias por parte de personas o entidades legitimadas, por espacio de VEINTE (20) días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad y a los efectos establecidos en el Art. 93 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril y en el Art. 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El dicho proyecto estará la disposición en el portal de transparencia de la Diputación Provincial https://portaltransparencia.deputacionlugo.org

Lugo, 2 de octubre de 2026.- El secretario general, […].

R. 2680

AYUNTAMIENTOS

ANTAS DE ULLA

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Aprobada inicialmente la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la entrada de vehículos a través de las aceras, por Acuerdo del Pleno en sesión ordinaria de fecha 24 de septiembre de 2026, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete la información pública por el plazo de treinta días, la contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas

Durante el dicho plazo podrá ser examinado por cualesquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen los alegatos que se estimen pertinentes.

En el caso de no presentarse reclamaciones en lo citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación inicial de la mencionada Ordenanza.

Antas de Ulla, 25 de septiembre de 2026.- La alcaldesa, María Pilar García Porto.

R. 2653

BECERREÁ

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Proceso selectivo para la cobertura de un puesto de trabajo de Oficial, personal de obras y servicios del Ayuntamiento de Becerreá, personal laboral temporal, por relevo de persona trabajadora.

Por Decreto de Alcaldía nº 2026-0563 de fecha 30-09-2026 resultaron aprobadas la convocatoria y bases reguladoras del proceso selectivo para la cobertura de un puesto de trabajo de Oficial, personal de obras y servicios del Ayuntamiento de Becerreá, personal laboral temporal, por relevo de persona trabajadora.

El texto íntegro de las bases reguladoras del proceso, así como el modelo normalizado de solicitud, se encuentran disponibles en el tablero de anuncios alojado en la sede electrónica del Ayuntamiento, accesible a través del siguiente enlace: https://concellodebecerrea.sedelectronica.gal/

La presentación de solicitudes se hará en el Registro General Electrónico del Ayuntamiento o a través de alguna de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo de los diez (10) días hábiles siguientes contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria Boletín Oficial de la Provincia de Lugo.

Becerreá, 30 de septiembre de 2026.- El alcalde, Manuel Martínez Núñez.

R. 2654

BÓVEDA

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EDICTO DE NOTIFICACIÓN COLECTIVA DE LIQUIDACIONES Y ANUNCIO DE COBRO

Padrón Tributario de la tasa por la prestación del servicio de abastecimiento de agua, alcantarillado, recogida de basura y canon del agua del 4° trimestre del ejercicio 2024.

Por Resolución de la Alcaldía, núm.: 2026-0571, de fecha 30/09/2026, se aprobó el Padrón Tributario de la tasa por la prestación del Servicio de Abastecimiento de Agua, Alcantarillado, Recogida de Basura y Canon del agua, correspondiente al 4° trimestre del ejercicio 2024, así como la apertura de un período de información pública por plazo de quince días, contados a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, al objeto de que puedan ser examinados y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, entendiéndose elevados la definitivos si, transcurrido el plazo de exposición pública, no se formula ninguna reclamación contra el mismo.

El plazo de cobro en período voluntario será de un mes: Desde 1 de octubre de 2026 a 31 de octubre de 2026. Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas al mismo y notificadas colectivamente mediante el presente anuncio, los interesados podrán interponer, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición al público del padrón de contribuyentes, recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Transcurrido el período de pago en voluntaria las deudas con el Ayuntamiento serán exigidas por el procedimiento de constricción con el correspondiente recargo de mora y costas que se produzcan, en su caso. El impago del Canon del agua de A Xunta en el período voluntario señalado supondrá la exigencia del mismo directamente al contribuyente por la vía de apremio por la Consellería competente en materia de hacienda de la Xunta de Galicia. La repercusión del canon del agua podrá ser objeto de reclamación económico-administrativa ante el órgano económico-administrativo de la Comunidad Autónoma de Galicia en el plazo de un mes desde esta notificación.

El presente anuncio tiene carácter de notificación colectiva al amparo del establecido en los artículos 102 de la Ley General Tributaria y 23 y 24 del RD 939/2005, de 29 de julio, por lo que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Bóveda, 30 de septiembre de 2026.- El alcalde–presidente, José Manuel Arias López.

R. 2655

O CORGO

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Se hace pública la Resolución de la Alcaldía de 28 de septiembre de 2026, que literalmente dice:

“RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA

Por Resolución de la Alcaldía de 22 de abril de 2026 se aprobaron las bases para cubrir, mediante concursooposición, una plaza de CONSERJE DEL CEIP DE O CORGO (media jornada).

Finalizadas las pruebas selectivas, y de conformidad con las bases, el tribunal hizo púbica la relación definitiva de las puntuaciones finales obtenidas por las aspirantes que superaron la fase de oposición, por el orden de puntuación obtenida y propuso la contratación como personal laboral indefinido de la candidata aprobada con mayor puntuación -única candidata-, elevando la relación que se incorpora en seguida al Alcalde.

FASE

FASE DE

NOMBRE

DNI

TOTAL OPOSICIÓN

CONCURSO

RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, MARÍA SANDRA

[…]

15,8

5

20,8

La relación de aprobados se publicó en el BOP de Lugo, página web del ayuntamiento, tablero de anuncios del ayuntamiento y tablero de anuncios de la sede electrónica.

La candidata propuesta, de conformidad con la base décima, aportó la documentación relacionada en la citada base en el plazo establecido.

La base undécima establece que una vez presentada la documentación por los interesados, el Alcalde dictará resolución acordando la formalización del contrato laboral indefinido a favor de los candidatos propuestos. La citada Resolución se publicará en el BOP y el contrato se formalizará en el plazo máximo de un mes a partir del siguiente al de la publicación.

En consecuencia, por la presente RESUELVO:

1. Formalizar contrato laboral indefinido a media jornada en el plazo máximo de un mes, la contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el BOP de Lugo, con la siguiente candidata:

- Dª […], con DNI […]

2. Ordear la publicación de la presente Resolución del BOP de Lugo.

El alcalde, Felipe Labrada Reija . Ante mi, El secretario, Marco A. García-Gabilán Sangil”

El que se hace público, a los efectos de formalización del contrato laboral indefinido en el plazo máximo de un mês, la contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el BOP de Lugo.

O Corgo, 28 de septiembre de 2026.- El alcalde, Felipe Labrada Reija.

R. 2656 FOLGOSO DO COUREL

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Por Resoluciones de Alcaldía de fecha 31 de agosto de 2023 y 24 de septiembre de 2026 se aprobó los Padrones fiscales del Servicio de Ayuda en el Hogar en la modalidad de libre concurrencia o prestación básica y de dependencia correspondientes a los meses de julio y agosto de 2026.

Por medio del presente se exponen al público los dichos padrones por el plazo de 15 días hábiles, que empezará a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que puedan formularse las reclamaciones que se consideren pertinentes, tanto en vía administrativa (artículos 123 y 124 de la LPAC), como en la vía contenciosa (artículos 19, 25 y 46 de la LJCA) El que se hace público para general conocimiento y a los efectos de que sirva de notificación colectiva de conformidad con el establecido en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Folgoso do Courel, 24 de septiembre de 2026.- La alcaldesa-presidenta, Dolores Castro Ochoa.

R. 2657

LÁNCARA

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Decreto.- Láncara, en la fecha de la firma electrónica al margen.

Vista la solicitud para celebración de matrimonio civil presentada en este ayuntamiento por doña […] y don […]. El día 14.09.2026 el Encargado de la Oficina General del Registro civil de Lugo autorizó la delegación para que el alcalde del ayuntamiento de Láncara reciba el consentimiento matrimonial.

Visto el artículo 51 del Código Civil, modificado por la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, sobre autorización de matrimonio civil por los alcaldes, y los artículos 124, apartado quinto, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como los artículos 43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:

Primero. Delegar en el 1° teniente de alcalde don […] competencia para la celebración del matrimonio civil entre doña […] y don […] el día 09.10.2026 bastando con que en el acta de autorización del matrimonio se haga constar que el 1º teniente de alcalde actúa por delegación del alcalde.

Segundo. Comunicar esta resolución al 1° teniente de alcalde delegado y proceder a su publicación en el BOP Lugo. Tercero. Dar cuenta de esta delegación al Pleno en la primera sesión que se realice.

Láncara, 30 de septiembre de 2026.- El alcalde, Darío A. Piñeiro López.

R. 2658

RIBADEO

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EXPEDIENTE DE DOMINIO POR REANUDACIÓN DEL TRACTO INTERRUMPIDO

CALLE DIPUTACIÓN Nº3, RIBADEO

De conformidad con los arts. 37 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y arts . 203, 206, 207 y 208 del Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria, se somete la información pública durante 30 días la resolución de la Alcaldía de fecha 30/09/2026 que da inicio al expediente de dominio para reanudación del tracto interrumpido de la parcela de referencia catastral 8222055PJ5282S0001MZ sita en A Rúa Diputación n.º 3 de Ribadeo:

“RESOLUCIÓN DE La ALCALDÍA

Considerando el expediente 1806/2022 para incorporar al Inventario Municipal de Bienes la parcela de referencia catastral 8222055PJ5282S0001MZ sita en A Rúa Diputación n.º 3 de Ribadeo, como resultado del embargo al titular catastral A.G.P. y sus herederos por las deudas acumuladas con esta Administración al desatender los deberes de conservación de la parcela.

Visto que a los efectos de la inscripción de la parcela en el Registro de la Propiedad si de la una situación de interrupción del tracto sucesivo al no constar referencias de las transmisiones posteriores la 1903 y 1946. Considerando el informe de la Secretaría Municipal en el que se indica el origen de iniciar un procedimiento de reanudación del tracto sucesivo interrumpido conforme al art. 37 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP) y arts . 203, 206, 207 y 208 del Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria (LH)

En virtud de las atribuciones que me confiere el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por lo que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. (REBEL) así como el art. 21 s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL)

RESUELVO:

PRIMERO: Iniciar expediente de reanudación del tracto sucesivo interrumpido conforme art. 27 LPAP a los efectos de la inscripción en el Registro de la Propiedad de la parcela que se describe:

Información catastral:

Situación calle Diputación nº 3 de Ribadeo

Referencia catastral

8222055PJ5282S0001MZ

Clase urbano

Superficie gráfica parcela

56,00 m2.

Superficie construida:

37 m2.

Uso residencial

Valor catastral:

5.660,74 € (Suelo: 2.847,52 €. Construcción: 2.813,22 €)

Titular catastral:

Ayuntamiento de Ribadeo

Información registral:

Inscripción de 1903:

Situación calle Diputación nº 3 de Ribadeo (n.º 39 en el pasado)

Finca nº

5301

Norte: huerta de Dª […]

Sur: calle Diputación

Colindantes

Este: casa de Dª […]

Oeste: casa y huerta de Dª […]

Superficie

6 x 6,79 m² la casa y 1 ferrado la huerta

Inscripción registral

Tomo 203, Libro 84, Folio 20, Inscripción 3ª de 22/07/1903

Titular

[…], pleno dominio

Inscripción de 1946:

Situación calle Diputación nº 3 de Ribadeo

Finca nº

9963

Frente: calle Diputación

Fondo: Huerta de D. Justo Pico

Colindantes

Izquierda: Justo Pico

Derecha: Otra de D. Indalecio

Superficie

No consta.

Inscripción registral

Tomo 310, Libro 133, Folio 48, Inscripción 1ª de 07/02/1946

Titular

[…]

SEGUNDO: Notificar esta resolución a los herederos y herederas de los titulares registrales que se puedan localizarse o, en su defecto, publicar los correspondientes edictos en el tablero de anuncios municipal y en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de que durante 30 días se podan formular los alegatos oportunos. TERCERO: Ordenar la elaboración de un informe de validación gráfica que incluya planos georreferenciados y regularice la información gráfica disponible”

El que se publica a los efectos de que las personas titulares de las inscripciones contradictorias o sus causahabientes formulen en el plazo de 30 días los alegatos oportunos.

Ribadeo, 30 de septiembre de 2026.- El alcalde, Daniel Vega Pérez.

R. 2659

VILALBA

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A los efectos de lo establecido en el art. 17 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (TR Ley r/ de las haciendas locales), se exponen al público, durante el plazo de 30 días hábiles, la modificación de la “ordenanza fiscal número 11, reguladoras de la tasa por la prestación del servicio de saneamiento del ciclo del agua o alcantarillas”, que se aprobó por el Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 24/09/2026 (Expediente n.º 4255/2026), al objeto de que, a partir del día siguiente al de su inserción, los interesados puedan examinar el expediente y/o presentar las reclamaciones que estimen oportunas, que de ser el caso, habrán de dirigirse al mismo órgano que lo aprobó, y se entenderá elevado la definitivo si no se presentara ninguna reclamación. Vilalba, 28 de septiembre de 2026.- La alcaldesa, Marta María Rouco Seoane.

R. 2660

Anuncio

A los efectos de lo establecido en el art. 17 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (TR Ley r/ de las haciendas locales), se exponen al público, durante el plazo de 30 días hábiles, la modificación de la “ordenanza fiscal número 16, reguladora de la tasa por la prestación del servicio de suministro de agua”, que se aprobó por el Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 24/09/2026 (Expediente n.º 4254/2026), al objeto de que, a partir del día siguiente al de su inserción, los interesados puedan examinar el expediente y/o presentar las reclamaciones que estimen oportunas, que de ser el caso, habrán de dirigirse al mismo órgano que lo aprobó, y se entenderá elevado la definitivo si no se presentara ninguna reclamación.

Vilalba, 28 de septiembre de 2026.- La alcaldesa, Marta María Rouco Seoane.

R. 2661

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A los efectos de lo establecido en el art. 17 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (TR Ley r/ de las haciendas locales), se exponen al público, durante el plazo de 30 días hábiles, la modificación de la “ordenanza fiscal número 5, reguladora del impuesto de vehículos de tracción mecánica”, que se aprobó por el Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 24/09/2026 (Expediente n.º 4372/2026), al objeto de que, a partir del día siguiente al de su inserción, los interesados puedan examinar el expediente y/o presentar las reclamaciones que estimen oportunas, que de ser el caso, habrán de dirigirse al mismo órgano que lo aprobó, y se entenderá elevado la definitivo si no se presentara ninguna reclamación.

Vilalba, 28 de septiembre de 2026.- La alcaldesa, Marta María Rouco Seoane.

R. 2662

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Procedimiento: Disposiciones Normativas (Aprobación, Modificación o Derogación)

Expediente número: 122/2026

Publicación relativa a la aprobación del texto regulador del precio público por las inscripciones en la Escuela de Teatro.

A los efectos de lo establecido reglamentariamente, se hace público que el Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 24/09/2026, aprobó el establecimiento y “Acuerdo regulador del precio público por las inscripciones en la Escuela de Teatro”, en los términos nos que figura en el expediente y con la redacción que se inserta de sucesivo, con efectos y de aplicación a partir del día siguiente al de su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo.

TEXTO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO POR LAS INSCRIPCIONES EN LA ESCUELA DE TEATRO “Artículo 1. Naturaleza, objeto y fundamento.

En el uso de las facultades previstas para los entes locales municipales en el artículo 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en los artículos 41 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento procede al establecimiento de un precio público que se regirá en función de lo indicado en el presente texto regulador.

El servicio de la Escuela Municipal de Teatro tiene carácter voluntario, no obligatorio y susceptible de ser prestado por el sector privado, por lo que procede su financiación mediante precio público, de conformidad con el dispuesto en el artículo 24 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).

BOP de Lugo, 27/12/2023, págs. 1-7Ver en el PDFReportar un error en Resolución de publicación

Artículo 3.Sujetos pasivos

Están obligados al pago las personas que soliciten la actividad que integra el hecho imponible, salvo que se trate de menores de edad, en cuyo caso actuarán en su nombre, con los efectos previstos en la Ley General Tributaria, sus padres, madres, tutores/las o representantes legales.

BOP de Lugo, 27/12/2023, pág. 7Ver en el PDFReportar un error en Artículo 3. Sujetos pasivos

Artículo 4.Tarifas

El curso se desarrollará durante un período de nueve meses, con sesiones semanales, de la siguiente forma: • Infantil: 1 hora semanal

• Juvenil: 1 hora y media semanal

• Adulto: 2 horas semanales

El precio público se fija diferenciando categorías, atendiendo a la distinta duración e intensidad horaria de las clases y al coste del profesorado. El importe se establece como precio único por la totalidad del período de nueve meses.

Las tarifas a abonar por las personas usuarias de la actividad son las que se establecen en lo siguiente cuadro: CONCEPTO

CUANTÍA A PAGAR

Grupo infantil (6-10 años)

45,00 € por alumno y curso

Grupo juvenil (11-17 años)

67,50 € por alumno y curso

Grupo adulto (a partir de 18 años)

90 € por alumno y curso

La realización de las clases tendrá en cuenta cada categoría, y quedará condicionada a la existencia de un número mínimo de alumnos inscritos que garantice la viabilidad del grupo. En caso de no alcanzarse un mínimo de cinco (5) alumnos inscritos, no se generará coste algún ni se devengará precio público si no se verifica tal circunstancia.

BOP de Lugo, 27/12/2023, pág. 7Ver en el PDFReportar un error en Artículo 4. Tarifas

Artículo 5.Normas de gestión

Las personas interesadas en la actividad, deberán cumplimentar el modelo de solicitud que se facilitará desde el Ayuntamiento.

El pago de la cuota se realizará, al inicio de la prestación del servicio en los términos anteriormente señalados, mediante domiciliación bancaria en la cuenta bancaria indicada por la persona solicitante.

Las bajas en la prestación del servicio habrán de cursarse mediante escrito dirigido al Ayuntamiento, en el que harán constar la fecha efectiva de la baja, no habiendo lugar la devolución de la parte de la cuota correspondiente al mes en curso.

Las personas obligadas al pago tendrán derecho a la devolución del precio público abonado cuando la actividad de que trae causa el presente precio público no se desarrolle por causa imputable al Ayuntamiento. Se entienda por causa imputable al Ayuntamiento la originada exclusivamente por voluntad municipal y que no venga motivada, promovida, ocasionada o provocada por cuestiones ajenas a la voluntad de la Corporación o a conductas o comportamientos de las personas interesadas.

BOP de Lugo, 27/12/2023, pág. 7Ver en el PDFReportar un error en Artículo 5. Normas de gestión

Artículo 6.Entrada en vigor

Este acuerdo y tarifas se prevé que entre en vigor al día siguiente de su publicación en el BOP.”

El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa de conformidad con el indicado en el artículo 114.1c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y el artículo 52.2 la) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo ante el órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 LPAC, o bien interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo, ante la sección del contencioso administrativo del Tribunal de Instancia de Lugo (artículo 8 Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa) , en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de la jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sí se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso Contencioso- Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o si había producido su desestimación por silencio. Todo eso sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Vilalba, 28 de septiembre de 2026.- La alcaldesa, Marta María Rouco Seoane.

R. 2663

VIVEIRO

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Con fecha de 29 de septiembre de 2026, por Resolución de Alcaldia , se procede a la aprobación de lo siguiente padrón fiscal :

Tributo Ejercicio Importe

Tasa Entrada Vehículos a través de las Aceras (Vados)……..…….….....2026………….…………...80.031,31-€

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, por la que se aprueba la Ley General Tributaria, se abre un período de exposición pública por espacio de 15 días hábiles, para su examen por parte de los contribuyentes.

Finalizado el plazo de exposición pública, podrá interponerse el recurso de reposición regulado en el artigo14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por lo que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de un mes ante el Alcalde. Si el recurso no se resolviera en el plazo de un mes se entenderá desestimado. Contra la resolución del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo, de acuerdo con el dispuesto en los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Contra la desestimación por silencio administrativo, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de seis meses.

Anuncios de cobro:

De acuerdo con lo previsto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por lo que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se indica lo siguiente en relación con los tributos anteriormente citados:  El plazo de ingreso en el período voluntario de los recibos será desde el día 07 de octubre de 2026 hasta 07 de diciembre de 2026, ambos inclusive.

 Los contribuyentes poderan abonar sus recibos en cualquier oficina de ABANCA corporación bancaria S.A. y Caixabank SA. (La Caixa) dentro del plazo señalado y durante los días y horas hábiles de ingreso que tal entidades tienen estabrecidos, presentando la comunicación que a tal efecto les será remitida a su domicilio tributario. Los que no habían recibido dicha comunicación podrán presentarse a partir de 10 de noviembre de 2026 en la oficina de Recaudación del Ayuntamiento de Viveiro, donde se les facilitará documentación para poder efectuar el pago en las oficinas de la entidades antes indicadas.

 Se recuerda la conveniencia de hacer uso de la modalidad de domiciliación de pago de recibos a través de entidades bancarias y cajas de ahorros, conforme las normas que señala el artículo 38 del Reglamento General de Recaudación, y se advierte que, transcurrido el plazo de ingreso señalado anteriormente, iniciaráse el período de constricción de cobro, generando los recargos señalados en los artículos 28 y 161 de la Ley 58/2003.

Viveiro, 29 septiembre de 2026.- La alcaldesa, María Carmen Gueimunde González.

R. 2664 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO SECRETARÍA DE ESTADO DE ENERGÍA. DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA ENERGÉTICA Y MINAS

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Corrección de errores de la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 19 de junio de 2026, por la que se desestima la solicitud de Maracaibo Solar, S.L. de autorización administrativa previa del parque eólico “Satrebares”, de 125 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Lugo y A Coruña, acordando el archivo del expediente PEol-910.

Con fecha 19 de junio de 2026, la Dirección General de Política Energética y Minas dictó Resolución por la que se desestima la solicitud de Maracaibo Solar, S.L. de autorización administrativa previa del parque eólico “Satrebares”, de 125 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en las provincias de Lugo y A Coruña, acordando el archivo del expediente PEol-910.

Advertido error en la citada Resolución, esta Dirección General resuelve proceder a su rectificación conforme el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En la referida Resolución de fecha 19 de junio de 2026, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 212, de 28 de agosto de 2026, Pág. 117125, donde dice:

“[…] en los términos municipales de Monfero y Aranga, en la provincia de A Coruña, y Guitiriz, Aranga, Curtis, Oza Cesuras y Abegondo, en la provincia de Lugo (en adelante también, el proyecto)”.

Debe decir:

“[…] en los términos municipales de Monfero, Aranga, Curtis, Oza Cesuras y Abegondo, en la provincia de A Coruña, y Guitiriz, en la provincia de Lugo (en adelante también, el proyecto)”.

BOP de Lugo, 27/12/2023, págs. 7-9Ver en el PDFReportar un error en Artículo 6. Entrada en vigor

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Madrid, 2 de septiembre de 2026.- El director general de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.

R. 2665

BOP de Lugo, 27/12/2023, pág. 9Ver en el PDFReportar un error en Firma

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Publicado en BOP de Lugo, de 27 de diciembre de 2023. Texto reproducido sin alteraciones salvo la supresión de datos personales; en caso de discrepancia, prevalece el boletín. Registrado en el REGCON con el código 27000175011982.

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