
Convenio de transporte de mercancías por carretera de Toledo
TRANSPORTE DE MERCANCIAS POR CARRETERA. Provincial, para unas 12.000 personas y 852 empresas, según la hoja estadística del REGCON.
¿Cuánto cobro?
Las tablas de este convenio aún no están convertidas en datos.
Tablas en preparación
Las tablas salariales de este convenio están en la cola para convertirlas en datos y comprobarlas una a una. Mientras tanto, están en el boletín oficial.
Lo que dice la ley
Aún no hemos sacado los datos de este convenio con su artículo. Esto es lo mínimo que garantiza la ley: tu convenio puede mejorarlo, pero no empeorarlo.
| Tema | La ley | En tu convenio |
|---|---|---|
| Vacaciones | Al menos 30 días naturales. Las fechas se conocen con 2 meses de antelación.Art. 38 del Estatuto (abre la web oficial) | Buscar «vacaciones» |
| Jornada | Como máximo, 40 horas a la semana de promedio en el año.Art. 34.1 del Estatuto (abre la web oficial) | Buscar «jornada» |
| Descanso entre jornadas | 12 horas como mínimo entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente.Art. 34.3 del Estatuto (abre la web oficial) | Buscar «descanso» |
| Matrimonio o pareja de hecho | 15 días naturales.Art. 37.3.a del Estatuto (abre la web oficial) | Buscar «matrimonio» |
| Accidente, enfermedad grave u hospitalización de un familiar | 5 días.Art. 37.3.b del Estatuto (abre la web oficial) | Buscar «hospitalización» |
| Fallecimiento de un familiar | 2 días; 4 si tienes que desplazarte.Art. 37.3 b bis del Estatuto (abre la web oficial) | Buscar «fallecimiento» |
| Traslado de domicilio | 1 día.Art. 37.3.c del Estatuto (abre la web oficial) | Buscar «traslado» |
| Baja por enfermedad o accidente | Por enfermedad común: nada los 3 primeros días, el 60 % de la base reguladora del día 4 al 20 y el 75 % desde el día 21. Por accidente de trabajo, el 75 % desde el día siguiente.Decreto 3158/1966, art. 2, y RD 53/1980 (abre la web oficial) | Buscar «incapacidad temporal» |
| Pagas extra | Dos al año: una en Navidad y otra cuando fije el convenio, que también fija su importe.Art. 31 del Estatuto (abre la web oficial) | Buscar «extraordinaria» |
| Periodo de prueba | El del convenio. Si no lo fija: hasta 6 meses los técnicos titulados y 2 meses el resto (3 en empresas de menos de 25).Art. 14.1 del Estatuto (abre la web oficial) | Buscar «periodo de prueba» |
| Preaviso para irte | El que marque el convenio o la costumbre del lugar.Art. 49.1.d del Estatuto (abre la web oficial) | Buscar «preaviso» |
Texto íntegro
El texto, fieles al boletín, con un enlace a cada uno.
- PREÁMBULO
- Capítulo I. Ámbito de aplicación
- Capítulo II. Organización del trabajo
- Capítulo III. Contratación y empleo
- Capítulo IV. Clasificación, promoción, movilidad
- Capítulo V. Tiempo de trabajo
- Capítulo VI. Retribuciones
- Capítulo VII. Régimen disciplinario
- Capítulo VIII. Salud laboral y Seguridad Social
- Capítulo IX. Derechos de los/as trabajadores/as
- Capítulo X. Vigilancia, mediación e interpretación
- Disposición adicional primera
- Anexo I. TABLA SALARIAL DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS POR CARRETERA
- Anexo III. MODELO DE LIQUIDACIÓN SALDO Y FINIQUITO
Ficha técnica
- Código del REGCON
- 45000325011981
- Ámbito
- Sector · provincial (Toledo)
- Sector
- Transporte · Transporte de mercancías
- Personas y empresas
- 12.000 personas y 852 empresas, según la hoja estadística del REGCON
- Vigencia
- Del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2026
- Estado en el REGCON
- No denunciado
- Publicaciones
- Modificación
- Texto del convenio Texto vigente
- Actualizado
- 24/10/2026