Grupo 1. Dirección, titulados/as superiores y especialistas.
Director/a:
Planifica, organiza, dirige y coordina las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa o centro. Realiza tareas técnicas complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad. Sus funciones suponen la integración, coordinación y supervisión de funciones realizadas por un conjunto de colaboradores/as en una misma unidad funcional. Dispondrán de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente. Administrador/a:
Planifica, organiza, dirige y coordina las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa o centro. Realiza tareas técnicas complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad. Sus funciones suponen la integración, coordinación y supervisión de funciones realizadas por un conjunto de colaboradores/as en una misma unidad funcional. Dispondrán de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente. Gerente:
Planifica, organiza, dirige y coordina las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa o centro. Realiza tareas técnicas complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad. Sus funciones suponen la integración, coordinación y supervisión de funciones realizadas por un conjunto de colaboradores/as en una misma unidad funcional. Dispondrán de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente. Responsable Coordinación SAD:
Planifica, organiza, dirige y coordina las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa y/o del servicio. Realiza tareas técnicas complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad. Sus funciones suponen la integración, coordinación y supervisión de funciones realizadas por un conjunto de colaboradores/as, tales como la implantación y seguimiento del proyecto técnico, la comunicación y colaboración estrecha con la entidad contratante para garantizar el correcto desarrollo del servicio, así como garantizar el cumplimiento de un sistema de gestión de calidad. Dispondrán de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Director/a Gerente SAD:
Planifica, organiza, dirige y coordina las diversas actividades propias del desenvolvimiento de la empresa y/o del servicio. Realiza tareas técnicas complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad. Sus funciones suponen la integración, coordinación y supervisión de funciones realizadas por un conjunto de colaboradores/as en una misma unidad funcional. Dispondrán de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Director/a Territorial SAD:
Es responsable del servicio de todo el personal a su cargo en los ámbitos asignados por la empresa. Su función es lograr una adecuada implantación y desarrollo del servicio tanto en calidad como en volumen de las personas usuarias.
Asimismo, es responsable de la coordinación entre la empresa, personas usuarias y clientes en zonas asignadas y todo el personal a su cargo. Dispondrán de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente. Médico/a:
Es el personal provisto de la titulación correspondiente y con capacidad legal para el ejercicio de su profesión. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con su titulación y competencia profesional:
Realizar el reconocimiento médico a las nuevas personas usuarias y cumplimentar la correspondiente historia médica y certificaciones profesionales, en que constarán las indicaciones de tipo de vida más acorde, la rehabilitación necesaria, y el tratamiento a seguir si hace falta. Atender las necesidades asistenciales de las personas usuarias. Hacer los exámenes médicos, diagnósticos, prescribir los tratamientos más acordes, en cada caso, para llevar a cabo las terapias preventivas, asistenciales y de rehabilitación de los diagnósticos clínicos y funcionales de las personas usuarias.
Informar a los familiares sobre el estado de salud de la persona usuaria.
Dirigir el programa de movilización y rehabilitación de las personas usuarias, fijando en equipo los programas a desarrollar de forma individual y en grupo.
Realizar el seguimiento y evaluar los programas, conjuntamente, con el equipo formado por todas las personas que intervienen.
Asistir al personal destinado en el centro en los casos de necesidad y de urgencia.
Como máximo responsable de su departamento médico, en el caso de que el centro no pueda tratar debidamente a las personas usuarias, derivarles a un centro hospitalario o de salud. Participar en la comisión de supervisión y seguimiento de las personas usuarias en cuanto a las necesidades asistenciales y de la vida diaria de las personas usuarias que realizarán en colaboración con la dirección, trabajador/a social, psicólogo/a, y demás profesionales, de acuerdo con la situación física de las personas usuarias, los objetivos a conseguir y las características del centro.
Programar y supervisar los menús y dietas alimentarías de las personas usuarias.
Supervisar el trabajo del personal sanitario.
Supervisar el estado sanitario de las dependencias del centro.
Psicólogo/a especialista (PIR, o Master Universitario en psicología general sanitaria):
Es el personal provisto de la titulación correspondiente y con capacidad legal para el pleno ejercicio de su profesión. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación y competencia profesional:
Realizar los tratamientos psicoterapéuticos, tanto individuales como de grupo a todas las personas usuarias.
Seguimiento y evaluación de la aplicación del tratamiento que se realice.
Participar con el equipo interdisciplinar en la elaboración de las valoraciones psicológicas y en la atención que precisen las personas usuarias.
Realizar el programa de estimulación cognitiva.
Fomentar la integración y participación de las personas usuarias en la vida del centro y en el entorno.
Enfermería especialista en geriatría (EIR o equivalente):
Es el personal provisto de la titulación correspondiente y con capacidad legal para el ejercicio de su profesión y la especialidad oficial propia de su ámbito profesional. Desarrollará las funciones que se detallan en el apartado de enfermería, grupo 2, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación y competencia profesional.
Farmacia (FIR):
Es el personal provisto de la titulación correspondiente y con capacidad legal para el ejercicio de su profesión y la especialidad oficial propia de su ámbito profesional. Desarrollará las funciones que se detallan en el apartado de farmacia, grupo 2, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación y competencia profesional.
Grupo 2. Mandos intermedios.
Jefe/a Administración del SAD:
Es el personal, que, con iniciativa y responsabilidad, actúa a las órdenes de la dirección del centro y tiene a su cargo un servicio administrativo determinado, con el personal correspondiente del mismo.
Desarrollará las funciones detalladas, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación o competencia profesional. Dispondrán de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Director/a Centro SAD:
Es el personal responsable del servicio. Vela por el correcto funcionamiento de todo el equipo técnico. Procura una adecuada atención en el servicio y es el responsable del personal operativo relacionado física o funcionalmente con la central y en general todas aquellas actividades no especificadas anteriormente y que tengan relación con las anteriores. Dispondrán de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Supervisor/a SAD:
Es el personal responsable de garantizar la atención directa a las personas usuarias y de ejercer el mando jerárquico y funcional sobre el personal bajo su supervisión y en dependencia de su superior jerárquico. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación o competencia profesional. Se responsabilizará de la coordinación y contactos entre la empresa, las personas usuarias y clientes en sus zonas asignadas, gestionando el equipo a su cargo, incluyendo: formación de nuevas incorporaciones, reuniones de seguimiento, atención a cuestiones personales, evaluación del desempeño. Dispondrá de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Coordinador/a SAD:
Es el personal, con titulación y/o formación adecuada, cuya labor consiste en desempeñar tareas de coordinación, gestión y organización del servicio de ayuda a domicilio además de seguimiento del trabajo del auxiliar de ayuda a domicilio, para conseguir una buena calidad de dicho servicio y que es desempeñado preferentemente por titulados/as en trabajo social. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas o incluidas en el pliego de condiciones, siempre que tengan relación con las mismas y/o con su titulación, o competencia profesional:
Planificar y organizar el trabajo del centro mediante una adecuada programación de objetivos y racionalización de trabajo.
Organizar, al personal bajo su responsabilidad, elaborando para ello los correspondientes partes de trabajo.
Coordinación y supervisión del trabajo y actividades de forma individual o en grupo, mediante reuniones periódicas con ayudantes de coordinación y auxiliares adscritos al servicio para estructurar la dinámica de la actividad, así como los correspondientes criterios y objetivos metodológicos.
Coordinación periódica con el/la responsable de coordinación del servicio de ayuda a domicilio y con otros profesionales.
Colaborar y realizar aquellos estudios encaminados a investigar los aspectos sociales relativos a las personas usuarias del servicio de ayuda a domicilio, por indicación de su superior jerárquico. Ejecutar las actividades administrativas e informáticas inherentes a su puesto de trabajo. Realizar informes de las personas usuarias, que sean solicitados.
Realizar, cuando se estime oportuno, juntamente con la/el auxiliar, la valoración de la situación personal, familiar y social de la persona usuaria. Facilitar información sobre los recursos propios y ajenos, que ayuden al adecuado desarrollo del servicio que se presta.
Realizar visitas domiciliarias a las personas usuarias con las siguientes finalidades:
–Inicio de servicio y presentación del/la auxiliar de ayuda a domicilio.
–Seguimiento del servicio.
–Resolución de posibles incidencias.
Comunicar a su inmediato/a superior las incidencias o anomalías observadas en el desarrollo de sus funciones.
Informar a las personas usuarias en colaboración con trabajadores o trabajadoras sociales de las entidades contratantes, de aquellos aspectos que se consideren oportunos.
Fomentar, directamente o a través del/la auxiliar, la integración y participación de las personas usuarias del servicio de ayuda a domicilio de todos aquellos servicios y programas encaminados a su bienestar social o calidad de vida.
Participar con el equipo multiprofesional de la empresa en la elaboración de las orientaciones o la atención que necesiten las personas usuarias.
Cuando se le encomiende, seleccionará los recursos humanos en base a la política establecida en la empresa.
Organización y supervisión del trabajo del/la ayudante de coordinación.
Participación en la formación continuada de auxiliares y diseño de cursos en materia de servicios sociales, en la medida que se establezcan en los planes de formación de las respectivas empresas y del sector.
Dispondrán de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Supervisor/a Residencias:
Es el personal con titulación y/o formación adecuada que, con autonomía, iniciativa y responsabilidad, y bajo la dependencia directa de la Dirección de la Residencia, desempeña tareas de coordinación, gestión y organización de la Residencia. Por delegación de la Dirección de la Residencia realiza como funciones principales las de organizar, distribuir y controlar los diferentes servicios de la Residencia, ejerciendo el mando jerárquico sobre el personal a su cargo, coordinando los contactos entre la Residencia, las personas usuarias y las familias de estas, gestionando el equipo a su cargo, su reclutamiento y selección, así como la formación de nuevas incorporaciones, reuniones de seguimiento y evaluación del desempeño.
Podrá sustituir a la Dirección de la Residencia en caso de ausencia de esta. Dispondrá de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Coordinador/a de Enfermería:
Es el personal con la titulación de enfermero/a actúa con autonomía, iniciativa y responsabilidad realiza tareas de coordinación y supervisión en el área de los servicios sanitarios. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación, y competencia profesional:
Organizar, distribuir y coordinar al personal que presta servicios en el área sanitaria.
Planificar y supervisar la actividad del personal a su cargo, distribuir las actividades y turnos de las personas que tiene asignadas y vigilar también el buen uso y economía de los materiales y equipos a su cargo.
Supervisar el estado y conservación de los medicamentos, controlando la fecha de caducidad. Solicitar, por escrito, al servicio de cocina las dietas de comidas que confeccionará juntamente con el responsable de su elaboración.
Informar a las familias de la situación sanitaria de la persona usuaria.
Solicitar y controlar la dotación de material y equipo necesario en el área sanitaria.
Participar en las reuniones con el resto de las profesionales que intervienen en el seguimiento de las personas usuarias en cuanto a las necesidades sanitarias y de vida diaria.
Supervisar el estado sanitario de las dependencias del centro.
Asumir las funciones delegadas por el personal médico que estén dentro del área sanitaria y en su competencia profesional.
Realizar las funciones administrativas de su competencia y la gestión delegada, en el área sanitaria, en materia de compras del centro y relación con proveedores y otros servicios externos, siguiendo las indicaciones y directrices establecidas por la dirección del Centro.
Vigilar el cumplimiento de la labor profesional del personal a su cargo, así como de su higiene y uniformidad.
Comunicar a su responsable inmediato las incidencias o anomalías observadas en el desarrollo de su tarea.
Enfermero/a:
Es el personal provisto de la titulación correspondiente y con capacidad legal para el ejercicio de su profesión. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación y competencia profesional:
En algunas situaciones y siempre que la empresa lo requiera, este profesional podrá desempeñar las funciones de coordinación y supervisión de los cuidados que se prevean en el Plan de cuidados y atención a la persona usuaria, siempre que estén incluidas en su ámbito funcional. Vigilar y atender a las personas usuarias, sus necesidades generales humanas y sanitarias, especialmente en el momento en que estos necesiten de sus servicios.
Preparar y administrar los medicamentos según prescripciones facultativas, específicamente los tratamientos.
Tomar la presión sanguínea, el pulso y la temperatura.
Colaborar con el personal médico preparando el material y medicamentos que hayan de ser utilizados.
Ordenar las historias clínicas, anotar los datos relacionados con la propia función que deba figurar. Atender a la persona usuaria encamada por enfermedad, efectuando los cambios posturales prescritos, controlando el servicio de comidas a los enfermos y suministrando directamente a aquellos pacientes que dicha alimentación requiera instrumentalización (sonda nasogástrica, sonda gástrica, etc.).
Cuidado y limpieza del adhesivo y la estoma de aquellos usuarios colostomizados.
Controlar la higiene personal de las personas usuarias y también los medicamentos y alimentos que estos tengan en las habitaciones.
Atender las necesidades sanitarias que tenga el personal que trabaja en el centro y sean de su competencia.
Colaborar con fisioterapeutas en las actividades, el nivel de calificación de las cuales sean compatibles con su titulación de enfermero/a, cuando sus funciones específicas lo permitan. Realizar los pedidos de farmacia, analítica y radiología en aquellos centros donde no exista especialista.
Vigilar y tener cuidado de la ejecución de las actividades de tipo físico recibida por el personal médico, observando las incidencias que puedan presentarse durante su realización.
Cortar uñas de los pies, a usuarios diabéticas y a quienes reciban tratamiento con anticoagulantes, así como los que tengan tratamiento de uñas clavadas y uñeros.
Psicólogo/a:
Es el personal provisto de la titulación correspondiente y con capacidad legal para el ejercicio de su profesión. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación y competencia profesional:
Seguimiento y evaluación de la aplicación del tratamiento que se realice.
Participar con el equipo interdisciplinar en la elaboración de las valoraciones psicológicas y en la atención que precisen las personas usuarias.
Realizar el programa de estimulación cognitiva.
Fomentar la integración y participación de las personas usuarias en la vida del centro y en el entorno.
Fisioterapeuta:
Es el personal provisto de la titulación correspondiente y con capacidad legal para el ejercicio de su profesión o competencia profesional. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación:
Realizar los tratamientos y técnica rehabilitadora que se prescriban.
Participar, cuando se le pida, en el equipo multiprofesional del centro para la realización de pruebas o valoraciones relacionadas con su especialidad profesional.
Hacer el seguimiento y la evaluación de la aplicación de tratamiento que realice.
Conocer, evaluar e informar y cambiar, en su caso, la aplicación del tratamiento de su especialidad, cuando se den, mediante la utilización de recursos ajenos.
Conocer los recursos propios de su especialidad en el ámbito territorial.
Participar en juntas y sesiones de trabajos que se convoquen en el centro.
Colaborar en las materias de su competencia en los programas que se realicen de formación e información a las familias de las personas usuarias e instituciones.
Asesorar a profesionales que lo necesiten sobre pautas de movilizaciones y los tratamientos en los que tengan incidencia las técnicas fisioterapeutas.
Asistir a las sesiones que se hagan en los centros para la revisión, el seguimiento y la evaluación de tratamientos.
Terapeuta Ocupacional:
Es el personal provisto de la titulación correspondiente y con capacidad legal para el ejercicio de su profesión. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación o competencia profesional:
Participar en el plan general de actividades del centro.
Realizar intervenciones propias de Terapia Ocupacional, como son el entrenamiento, mantenimiento y desarrollo de las actividades de la vida diaria básicas e instrumentales, el trabajo, la educación, el ocio y la participación social. Así como la rehabilitación/habilitación de las personas usuarias, la recuperación y/o mantenimiento de sus capacidades de relación con el entorno o de las actividades ocupacionales, así como la elaboración, adaptación y entrenamiento en el uso de órtesis, prótesis y productos de apoyo.
Participar en las áreas de ocio y tiempos libres de las personas usuarias del centro.
Participar junto con el resto del equipo multidisciplinar en la evaluación y seguimiento del proceso recuperador o asistencial de las personas usuarias del centro.
Colaborar en las materias de su competencia (rehabilitación de las áreas de ocupación, prescripción de productos de apoyo, adaptaciones, accesibilidad, ergonomía, economía articular, movilización funcional e información a las familias de las personas usuarias de las instituciones) en los programas que se realicen de formación e información a las familias de las personas usuarias a las instituciones.
Trabajador/a social:
Es el personal que provisto de la titulación correspondiente y con capacidad legal para el ejercicio de su profesión. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación o competencia profesional:
Planificar y organizar el trabajo social del centro mediante una adecuada programación de objetivos y racionalización del trabajo.
Atender en el proceso de ingreso y realizar la historia y ficha social de la persona usuaria. Colaborar y realizar aquellos estudios encaminados a investigar los aspectos sociales relativos a las personas usuarias.
Ejecutar las actividades administrativas y realizar los informes sociales de las personas usuarias y los que le sean pedidos por la dirección del centro. Facilitar información sobre los recursos propios, ajenos y efectuar la valoración de su situación personal, familiar y social.
Realizar atención directa, tanto a nivel individual, grupal y comunitario.
Fomentar la integración y participación de las personas usuarias en la vida del centro y de su entorno.
Participar en la preparación y puesta en marcha de programas de adaptación de las personas usuarias al centro.
Coordinar los grupos de trabajo y actividades de animación sociocultural.
Participar en la comisión técnica.
Realizar las gestiones necesarias para la resolución de problemas sociales que afecten a las personas usuarias principalmente con las entidades e instituciones.
Promover la coordinación con profesionales y recursos del sistema de servicios sociales y sanitarios al objeto de establecer cauces de comunicación.
Participar, con el equipo multiprofesional o departamento médico en la elaboración de las orientaciones o de la atención que necesiten las personas usuarias.
Participar en la asignación y cambio de habitaciones y mesas del comedor con el departamento de enfermería y la dirección.
Hacer el seguimiento y en su caso realizar las visitas necesarias a las personas usuarias en centros sanitarios.
Informar, orientar, asesorar y acompañar a la familia durante el proceso de atención social a la persona usuaria en el centro.
Farmacéutico/a:
Es el personal que provisto de la titulación correspondiente y con capacidad legal para el ejercicio de su profesión. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación o competencia profesional:
Asesorar en la organización y gestión farmacéutica del centro.
Participar en la implantación, revisión y evaluación de los procedimientos relacionados con la adquisición, recepción, almacenamiento, conservación, distribución y control de medicamentos y productos sanitarios.
Supervisar las condiciones de conservación, custodia, caducidad y trazabilidad de los medicamentos y productos sanitarios.
Colaborar en la conciliación de la medicación de las personas usuarias en los procesos de ingreso, traslado y alta, en coordinación con el equipo sanitario.
Realizar revisiones de los tratamientos farmacológicos para detectar posibles problemas relacionados con la medicación, interacciones, duplicidades o riesgos asociados, formulando las propuestas oportunas al personal médico responsable.
Participar en programas de uso racional del medicamento y de prevención de errores de medicación.
Colaborar en la elaboración, implantación y actualización de protocolos relacionados con la utilización de medicamentos y productos sanitarios.
Asesorar al equipo interdisciplinar en materia de farmacoterapia y productos sanitarios. Participar en actividades de formación e información dirigidas a los profesionales del centro sobre el uso seguro de medicamentos, productos sanitarios y buenas prácticas farmacéuticas. Colaborar en los programas de seguridad del paciente, farmacovigilancia y notificación de incidentes relacionados con medicamentos.
Participar en los procesos de evaluación de calidad y mejora continua relacionados con la gestión farmacéutica.
Coordinarse con los servicios de farmacia hospitalaria, oficinas de farmacia y demás recursos sanitarios cuando resulte necesario para garantizar la continuidad farmacoterapéutica. Elaborar informes técnicos y registros propios de su ámbito competencial.
Organizar, distribuir y coordinar al personal que presta servicios en el departamento de farmacia. Cualesquiera otras funciones propias de su titulación y competencia profesional que le sean encomendadas de conformidad con la legislación vigente.
Grupo 3. Personal cualificado.
Oficial administrativo:
Es el personal que actúa a las órdenes de los órganos directivos del centro y tiene a su cargo un servicio determinado con iniciativa y responsabilidad, con o sin personal a sus órdenes. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación, habilitación o competencia profesional: Realiza trabajos que exijan cálculos, estudios, preparación y condiciones adecuadas, tales como cálculos de estadística, transcripciones de libros de cuentas corrientes, redacción de correspondencia con iniciativa propia, liquidaciones y cálculos de nóminas de salarios, sueldos y operaciones análogas, de forma manual o mecanizada. Dispondrán de la titulación o habilitación requerida y/o experiencia precisa para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Oficial mantenimiento:
Es responsable directo de la explotación y mantenimiento de todas las instalaciones del centro y programa el trabajo a realizar coordinando y controlando el trabajo realizado por las firmas externas contratadas cuando así esté previsto en el protocolo de actuación del centro. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación, habilitación o competencia profesional: Realizar las operaciones definidas en los reglamentos de las instalaciones o en las instrucciones técnicas que las desarrollan, y que los valores correspondientes de los diferentes parámetros se mantengan dentro de los límites exigidos a estos.
Elaborar planes de mantenimiento preventivo y correctivo en las instalaciones, equipos, vehículos e infraestructuras del centro, controlando y/o ejecutando las revisiones periódicas de los diferentes elementos de la infraestructura del centro.
Guardar y custodiar los libros de mantenimiento, manual de instrucciones, libro de visitas establecidas en la legislación vigente o los que en un futuro puedan establecerse.
Anotar las operaciones que se realicen en las instalaciones y revisar las que ejecute personal de firmas ajenas al centro.
Mantener en adecuado estado de limpieza y funcionamiento la sala de máquinas, instalaciones, cuadros eléctricos, transformadores, taller y aquellos materiales que correspondan.
Tener control del montaje, funcionamiento y desmontaje de estrados, escenarios, asientos, proyector de cine, altavoces, etc. que sean necesarios para el normal desenvolvimiento de actividades del centro.
Realizar todas las funciones que tengan señaladas los/las oficiales de los servicios técnicos, y como encargado/a de este departamento, responsabilizarse directamente de los trabajos efectuados y de su distribución, de la realización y cumplimiento de las órdenes que le dé la empresa, de recibir los partes de averías de los/los respectivos jefes de sección.
Tener en cuenta que el personal a su cargo cumpla con regularidad su actividad profesional y comunicar a la dirección las faltas que vea.
En el ejercicio de su cargo, dar las máximas facilidades para la obtención de una perfecta formación profesional.
Dispondrán de la titulación o habilitación requerida y/o experiencia precisa para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Técnico/a en informática:
Es el personal técnico que tiene a su cargo el control y desarrollo de las distintas actividades que coinciden en la instalación y puesta en explotación de un sistema informático, equipos, así como responsabilidad de equipo de análisis de aplicaciones y programaciones. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación o competencia profesional:
Resolución de problemas de análisis.
Programación de las aplicaciones normales de gestión susceptibles de ser desarrolladas por los ordenadores.
Funciones de reparación y mantenimiento de los equipos informáticos que tiene a su cargo. Dispondrán de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus funciones en el caso de que fuera necesario.
Ayudante coordinación SAD:
Es el personal encargado de realizar el trabajo bajo la supervisión del/la coordinador/a. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación, habilitación o competencia profesional:
Realizar el cuadrante de incidencias (suplencias de auxiliares).
Comunicación y avisos telefónicos con auxiliares de ayuda a domicilio, personas usuarias y personal técnico de la entidad contratante.
Recogida de datos para facturación y productividad.
Realización y distribución de los instrumentos de registro adecuados al servicio.
Comunicar a su inmediato/a superior/a las incidencias o anomalías observadas en el desarrollo de sus funciones.
Dispondrán de la titulación o habilitación requerida y/o experiencia precisa para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
TASOC:
Es el personal técnico en actividades socioculturales que ha de realizar su actividad en coordinación con otros/as profesionales dentro del Plan de cuidados y atención al personal usuario, interviniendo, organizando y ejecutando de forma cualificada en actividades culturales, sociales, educativas y recreativas. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación o competencia profesional:
Conocer, proponer y hacer operativos los procesos de intervención cultural en sus vertientes de gestión y educativa.
Establecer relaciones entre los ámbitos cultural y educativo con los procesos sociales y económicos.
Acceder a las fuentes de información y procedimientos para obtener recursos necesarios y poner en marcha procesos culturales.
Coordinación con profesionales de diversa cualificación a la hora de diseñar e implementar estrategias de intervención cultural.
Ejecución y realización de presupuestos de proyectos y programas varios, así como realización de los informes y evaluaciones pertinentes.
Realización de programas y proyectos específicos.
Fomentar el desarrollo integral las personas usuarias mediante la acción lúdico-educativa. Desarrollar y ejecutar las diversas técnicas de animación, individuales y/o grupales, que impliquen a las personas usuarias en la ocupación de su tiempo libre y promover así su integración y desarrollo personal y grupal.
Motivar a las personas usuarias ante la importancia de su participación para conseguir su integración y relación positiva con el entorno.
Responsabilidad ante cualquier incidencia que surja, en cualquier tipo de labor propia o del personal de animación sociocultural.
Reuniones periódicas con el resto del equipo, así como con responsables de los diferentes centros donde se realice la labor de animación sociocultural.
Coordinar el voluntariado y alumnos en prácticas de animación sociocultural.
Realizar actividades de docencia, charlas y ponencias que guarden relación con esta categoría profesional.
Participar en el plan general de actividades y presupuestos de los diferentes centros.
Coordinar grupos de trabajo, actividades y presupuestos de animación sociocultural.
Comunicar a su inmediato/a superior las incidencias o anomalías observadas en el desarrollo de sus funciones.
Dispondrán de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Técnico de Farmacia.
Es el personal que provisto de la titulación correspondiente y con capacidad legal para el ejercicio de su profesión desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación o competencia profesional.
Preparar diariamente la medicación de cada residente, en dosis unitarias de manera individualizada.
Repasar diariamente dicha medicación, para detectar y corregir posibles errores, así como modificar la medicación de acuerdo con las órdenes recibidas.
Reenvasar medicamentos sólidos orales-enteros y fraccionados en forma de dosis unitarias. Etiquetar dosis unitarias de medicamentos.
Reponer la mediación de los contenedores con las dosis unitarias utilizadas para la preparación de la mediación enviada diariamente a los residentes.
Dispensación de la medicación ocasional o no pautada solicitada por el personal de los centros de farmacia.
Registrar en la aplicación informática correspondiente, la mediación dispensada mediante vales PRN para cada residente o para los botiquines de las unidades del centro.
Recibir los pedidos, comprobar que los albaranes se corresponden con la medicación solicitada, que el pedido ha llegado correctamente, firmar dichos albaranes y colocar la medicación en sus correspondientes estanterías.
Registro de pedidos y albaranes.
Registro de caducidades de medicamentos y productos sanitarios.
Montar los carros de medicación, recoger dichos carros con las medicaciones, repaso y reposición de medicamentos.
Gobernanta/e:
Es el personal que con titulación y/o formación adecuada que, con autonomía, iniciativa y responsabilidad realiza tareas de coordinación y supervisión. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación, habilitación o competencia profesional.
Realizar las funciones administrativas de su competencia y la gestión delegada en materia de compras del centro y relación con proveedores y otros servicios externos, siguiendo las indicaciones y directrices establecidas por la dirección del centro.
Supervisar y distribuir la actividad del personal a su cargo, así como elaborar los turnos de la plantilla. Vigilar el buen uso y economía de los materiales, utillaje y herramientas y maquinaria a su cargo; proceder al recuento e inventario de estos.
En coordinación con el servicio de cocina, se responsabilizará de la buena marcha del servicio de comedor, distribución de comidas, montaje, limpieza y retirada del servicio.
Tener conocimiento del número de servicios diarios realizados en el servicio.
En coordinación con el personal asistencial y sanitario controlar el buen estado de los alimentos que los usuarios tengan en las habitaciones.
En los centros cuyas comidas se realicen mediante conciertos con terceros supervisar las condiciones sanitarias de las dependencias y alimentos servidos.
Supervisar el buen funcionamiento de los servicios contratados en su ámbito de competencia. Vigilar el cumplimiento de la labor profesional del personal a su cargo, así como de su higiene y uniformidad.
Suministrar ropa de trabajo al personal y material a las personas a su cargo.
Si por necesidades perentorias o imprevisibles, la normal actividad del centro lo requiere, excepcionalmente y por tiempo limitado colaboran en las actividades propias del personal a su cargo.
Coordinarse con los distintos profesionales del centro para adaptar los servicios generales a las necesidades, preferencias y características de las personas usuarias.
Colaborar en la acogida, información y formación práctica del personal de nueva incorporación en servicios bajo su responsabilidad.
Comunicar a su responsable inmediato las incidencias o anomalías observadas en el desarrollo de su tarea.
Dispondrán de la titulación o habilitación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Jefe/a de cocina:
Como responsable del servicio y de acuerdo con su superior/a inmediato/a, se ocupará de la organización, distribución y coordinación de todo el personal adscrito a la cocina, así como de la elaboración y condimentación de las comidas, con sujeción al menú y regímenes alimentarios que propondrá para su aprobación a la dirección del centro y supervisión del departamento médico o nutricionista. Cumpliendo estrictamente la normativa sanitaria vigente. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación, habilitación o competencia profesional:
Preparar los menús según lo establecido ajustándose, siempre, a las indicaciones que, por escrito, se pasen desde el área social y sanitaria o nutricionista. Vigilancia especial de las dietas. Disponer entre el personal de cocina, el montaje de los carros con los menús elaborados. Cuidar la calidad y presentación de menús.
Ajustar la cantidad a lo prescrito por el personal médico.
Recepción de los alimentos, almacenaje, supervisando la cantidad y la calidad.
Presentar los pedidos a él/la coordinador/a de servicios generales o gobernante/a, llevando a cabo su gestión cuando así esté previsto.
Supervisión, junto con su inmediato/a superior/a, de datos económicos derivados de la gestión de víveres cuando así esté prevista.
Vigilar diariamente la caducidad de los alimentos y su correcta distribución en las cámaras frigoríficas, según las características de cada alimento y de acuerdo a la normativa establecida por la autoridad sanitaria.
Guardar las muestras de menús que se cocinan diariamente de acuerdo a la normativa vigente. Supervisar igualmente que la maquinaria y utensilios que hay en la cocina estén limpios. Organizar, supervisar y controlar la limpieza, el mantenimiento y el orden de las instalaciones, equipamientos y utensilios gastronómicos. Cuando sea necesario participará en las tareas de limpieza de las mismas.
Cuidar el buen uso y estado de los utensilios y maquinaria de cocina.
Controlar y supervisar la basura según las normas vigentes.
Trasladar residuos hasta el lugar indicado dentro del centro para su futura evacuación.
Empatar los menús en las horas de las comidas.
Colaborar en su ámbito funcional, a petición del equipo técnico, en aquellas necesidades educativas de las personas usuarias, relacionadas con su profesión.
Comunicar a su superior/a las incidencias o anomalías observadas en el desarrollo de su tarea. Vigilar por la correcta uniformidad de todo el personal de cocina, así como del cumplimiento de las medidas higiénicas adecuadas.
Control y registros de higiene alimentaria mediante la observación de riesgos de contaminación de los alimentos, según su envasado y la manipulación de los mismos en base al sistema preventivo APPCC y a las operaciones realizadas.
Vigilancia especial en los alimentos que contengan alérgenos según legislación vigente. Dispondrán de la titulación o habilitación requerida y/o experiencia precisa para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Grupo 4. Personal auxiliar.
Auxiliar administrativo:
Es el personal que, con iniciativa y responsabilidad restringida y dependiendo de los órganos directivos del centro realiza funciones básicas de administración. Desarrollará las funciones que les sean solicitadas y que tengan relación con su titulación y/o experiencia, habilitación o competencia profesional. Dispondrán de la habilitación requerida y/o experiencia precisa para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Auxiliar mantenimiento:
Es el personal que realiza las operaciones de soporte a las funciones o tareas propias de su área o que le sean encomendadas por su superior.
Desarrollará las funciones que tengan relación con su habilitación o competencia profesional: Dispondrán de la habilitación requerida y/o experiencia precisa para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Conductor/a:
Es el personal que realiza los trabajos propios de su especialidad en relación con los vehículos automóviles al servicio de los centros. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su habilitación o competencia profesional:
Mantener en buen estado el vehículo bajo su responsabilidad, realizando el mantenimiento del mismo y aquellas reparaciones básicas para las que no sea necesaria la intervención de un especialista.
Transportar a las personas usuarias cuando y donde se considere oportuno siguiendo las indicaciones de la dirección del Centro y respetando en todo caso la normativa vial vigente en cada momento.
Comunicar a su inmediato/a superior/a las incidencias o anomalías observadas en el desarrollo de sus funciones.
Dispondrán de la habilitación requerida y/o experiencia precisa para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Telefonista/Portero/a/Recepcionista:
Es el personal cuyas funciones consisten en la recogida y libramiento de correspondencia, orientación al público, atención de centralitas telefónicas, vigilancia de los puntos de acceso y tareas de portería. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su habilitación o competencia profesional:
Colaborar con el personal, en aquellas tareas de apoyo a otros profesionales cuando estos así se lo requieran.
Cumplimentar y remitir las incidencias referentes a la entrada y salida del personal en el centro, durante su jornada laboral.
Realizar tareas informáticas básicas a nivel de usuario.
Archivar las peticiones de salida o retraso en la llegada de las personas usuarias, según se contempla en el reglamento de régimen interior del centro.
Ayudar a las personas usuarias que lo necesiten en el traslado del equipaje hasta y desde las habitaciones, ejerciendo un obligado y discreto control de los paquetes que traigan al centro las personas que tengan acceso.
Mantener el régimen establecido por la dirección para el acceso de usuarios y visitantes a las diferentes dependencias de la institución.
Recepcionar los partes de avería y trasladar al servicio de mantenimiento.
Tiene a su cargo dentro de la institución a los usuarios que vayan a ser objeto de traslado. Registrar y supervisar las entradas y salidas del centro, ya sea de personas usuarias y sus familiares, acompañantes, proveedores y personal del centro fuera de su jornada laboral. Dispondrán de la habilitación requerida y/o experiencia precisa para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Auxiliar/Gerocultor/a Residencia/Centro de día:
Es el personal que, bajo la dependencia de la dirección del centro o persona que se determine, tiene como función principal la de asistir y cuidar a las personas usuarias en las actividades de la vida diaria que no puedan realizar por sí mismos y efectuar aquellas realizaciones profesionales encaminadas a su atención personal y de su entorno. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación, habilitación o competencia profesional de acuerdo con los protocolos establecidos:
Apoyar al equipo interdisciplinar en la recepción y acogida de las nuevas personas usuarias colaborando en la adecuación del plan de cuidados individualizado.
Realizar intervenciones programadas por el equipo interdisciplinar dirigidas a cubrir las actividades de la vida diaria.
Colaborar en la planificación, organización y ejecución de las actividades preventivas, ocupacionales y de ocio.
Mantener la higiene personal de las personas usuarias.
Realizar la limpieza del botiquín y su contenido, así como del resto de material de índole sanitario o asistencial.
Proporcionar y administrar los alimentos al residente facilitando la ingesta en aquellos casos que así lo requieran.
Ocuparse de la recepción, distribución y recogida de los alimentos en la habitación de la persona usuaria.
Realizar los cambios de postura y aquellos servicios auxiliares que de acuerdo con su preparación técnica le sean encomendados.
Colaborar con el servicio de enfermería en la realización de los cambios posturales de las personad encamadas y en las actuaciones que faciliten su exploración y observación.
Colaborar con el residente en su preparación para un traslado, efectuando actuaciones de acompañamiento, vigilancia y apoyo.
Colaborar con el personal sanitario en la administración de la medicación.
Colaborar bajo la supervisión de la enfermera en el cuidado de residentes colostomizados y con sondas, así como en la administración de comida mediante jeringuilla.
En ausencia del enfermero podrá hacer la prueba de glucosa, utilizar la vía subcutánea para administrar insulina y heparina a los usuarios, siempre que la dosis y el seguimiento del tratamiento se realice por personal médico o de enfermería.
Acompañar al usuario o usuaria en la realización de actividades para facilitar el mantenimiento y mejora de las capacidades físicas y motoras, así como en la realización de actividades programadas, ya sean para citas médicas, excursiones, gestiones, etc., facilitando la participación de la persona usuaria en las mismas.
Colaborar en la aplicación de técnicas de prevención de accidentes, de acuerdo a los protocolos establecidos y a las indicaciones del superior responsable.
Colaborar con el TASOC en la animación y dinamización de la vida diaria, de la Institución. Ayudar al usuario y usuaria en la realización de las actividades y ejercicios de mantenimiento y, siguiendo las orientaciones de los profesionales competentes.
Sin que en ningún caso suponga la sustitución del personal contratado específicamente para la limpieza habitual, podrá realizar la limpieza e higiene de utensilios, ropa y estancias, cuando en el servicio existan circunstancias que así lo requieran.
Apoyar y estimular la comunicación de las personas usuarias favoreciendo su desenvolvimiento diario y su relación social.
Colaborar con el equipo interdisciplinar en la integración de los familiares de las personas usuarias en la vida del centro.
Guardar absoluto silencio sobre la patología y el plan de cuidados individualizado del personal usuario, así como de cualquier asunto referente a su intimidad, y siempre actuará en coordinación y bajo la responsabilidad de profesionales de quienes dependan directamente.
Efectuar la limpieza y mantenimiento de los enseres de los usuarios, colaborar en el mantenimiento de las habitaciones, recoger la ropa, llevarla a la lavandería, encargarse de la ropa personal de los usuarios y hacer las camas cuando el usuario se encuentra encamado, así como cuando se determine en el plan funcional, asistencial y organizativo de cada residencia, y/o cuando se vengan realizando como tarea indirecta o accesoria del puesto, sin que ello suponga modificación de su clasificación profesional, ni merma retributiva y con respeto a los límites de la movilidad funcional y dignidad profesional.
Comunicar las incidencias que se produzcan sobre la salud de los/las usuarios/as Observar y registrar en el libro de incidencias cualquier cambio de comportamiento y/o físico detectado. Dispondrán de la titulación o habilitación requerida y/o experiencia precisa para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Auxiliar/Gerocultor SAD:
Es el personal que tiene por objeto atender, en el propio domicilio o entorno, y siguiendo las pautas de actuación y cuidados indicados por la Coordinación del Servicio. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación, habilitación o competencia profesional. Se entiende por actividades de atención personal las siguientes:
El aseo e higiene personal, habitual o especial, arreglo personal, ducha y/o baño, incluida la higiene bucal.
Ayuda personal para el vestido, calzado y la alimentación.
Transferencias, traslados y movilización dentro del hogar.
Actividades de la vida diaria necesarias en la atención y cuidado del usuario.
Estimulación y fomento de la máxima autonomía y participación de las personas atendidas en la realización de las actividades básicas de la vida diaria.
Fomento de hábitos de higiene y orden.
En personas con alto riesgo de aparición de úlceras por presión, prevenir estas mediante una correcta higiene, cuidados de la piel y cambios posturales.
Ayuda en la administración de medicamentos que tenga prescritos la persona usuaria. Cuidados básicos a personas incontinentes.
Ayuda para la ingestión de alimentos.
Fomento de la adecuada utilización de ayudas técnicas y adaptaciones pautadas.
Recogida y gestión de recetas y documentos relacionados con la vida diaria de la persona usuaria. Avisar al coordinador/a correspondiente de cualquier circunstancia o alteración en el estado de la persona usuaria, o de cualquier circunstancia que varía, agrave o disminuya las necesidades personales o de vivienda de la persona usuaria.
Se entiende por atención a las necesidades del domicilio las siguientes:
Mantenimiento de limpieza o ayuda a la limpieza de la vivienda, salvo casos específicos de necesidad que sean determinados por el técnico responsable.
Preparación de alimentos en el hogar o traslado de los mismos al domicilio.
Lavado a máquina, planchado, repaso y organización de la ropa dentro del hogar.
Recogida de las ropas sucias y traslado en su caso para su posterior recogida por el servicio de lavandería.
Adquisición de alimentos y otras compras de artículos de primera necesidad por cuenta de la persona usuaria.
Tareas de mantenimiento básico habitual de utensilios domésticos y de uso personal, que no requieran el servicio de un especialista (cambio de bombillas, cambio de bolsa de aspiradora, sustitución de pilas).
Apoyo familiar y relaciones con el entorno: se incluyen dentro de este tipo de actividades las siguientes:
Compañía para evitar situaciones de soledad y aislamiento.
Acompañamiento fuera del hogar para posibilitar la participación de la persona usuaria en actividades de carácter educativo, terapéutico y social.
Facilitar actividades de ocio en el domicilio.
Apoyo y acompañamiento para la realización de trámites de asistencia sanitaria y administrativos. Desarrollo de la autoestima, la valoración de sí mismo y los hábitos de cuidado personal, evitando el aislamiento.
Potenciar y facilitar hábitos de convivencia y relaciones familiares y sociales.
Fomentar estilos de vida saludable y activos.
Apoyo y seguimiento de las pautas prescritas ante situaciones de conflicto que se generen en el seno de la familia.
Cuidado y atención de los menores, tanto en el entorno del hogar como en acompañamientos a centros escolares, de ocio, sanitarios y otros.
Dispondrán de la titulación o habilitación requerida y/o experiencia precisa para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Cocinero/a:
Como responsable del servicio y de acuerdo con su superior/a inmediato/a, se ocupará de la organización, del servicio de cocina, así como de la elaboración y condimentación de las comidas, con sujeción al menú y regímenes alimentarios que propondrá para su aprobación a la dirección del centro y supervisión del departamento médico o nutricionista. Cumpliendo estrictamente la normativa sanitaria vigente. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación, habilitación o competencia profesional:
Preparar los menús según lo establecido ajustándose, siempre, a las indicaciones que, por escrito, se pasen desde el área social y sanitaria o nutricionista. Vigilancia especial de las dietas. Montar y/o disponer entre el personal de cocina el montaje de los carros con los menús elaborados.
Cuidar la calidad y presentación de menús.
Ajustar la cantidad a lo prescrito por el personal médico.
Recepción de los alimentos, almacenaje, supervisando la cantidad y la calidad.
Presentar los pedidos a él/la coordinador/a de servicios generales o gobernante/a, llevando a cabo su gestión cuando así esté previsto.
Supervisión, junto con su inmediato/a superior/a, de datos económicos derivados de la gestión de víveres cuando así esté prevista.
Vigilar diariamente la caducidad de los alimentos y su correcta distribución en las cámaras frigoríficas, según las características de cada alimento y de acuerdo a la normativa establecida por la autoridad sanitaria.
Guardar las muestras de menús que se cocinan diariamente de acuerdo a la normativa vigente. Supervisar igualmente que la maquinaria y utensilios que hay en la cocina estén limpios. Organizar, supervisar y controlar la limpieza, el mantenimiento y el orden de las instalaciones, equipamientos y utensilios gastronómicos. Cuando sea necesario participará en las tareas de limpieza de las mismas.
Cuidar el buen uso y estado de los utensilios y maquinaria de cocina.
Controlar y supervisar la basura según las normas vigentes.
Trasladar residuos hasta el lugar indicado dentro del centro para su futura evacuación. Emplatar los menús en las horas de las comidas.
Colaborar en su ámbito funcional, a petición del equipo técnico, en aquellas necesidades educativas de las personas usuarias, relacionadas con su profesión.
Comunicar a su superior/a las incidencias o anomalías observadas en el desarrollo de su tarea. Cumplir con los requerimientos y las medidas higiénicas adecuadas, así como vigilar por la correcta uniformidad de todo el personal de cocina,
Control y registros de higiene alimentaria mediante la observación de riesgos de contaminación de los alimentos, según su envasado y la manipulación de los mismos en base al sistema preventivo APPCC y a las operaciones realizadas.
Vigilancia especial en los alimentos que contengan alérgenos según legislación vigente. Dispondrán de la titulación o habilitación requerida y/o experiencia precisa para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Grupo V. Personal auxiliar servicios.
Personal limpieza y lavandería/Planchado:
Es el personal que con responsabilidad restringida y dependiendo del/la Gobernante/a o la Dirección realiza funciones de limpieza, lavado y planchado. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su habilitación o competencia profesional:
Realizar las tareas propias de comedor-office, poniendo un cuidado especial en el uso de los materiales encomendados.
Realizar las funciones propias de lavandería, lencería, uso y atención de la maquinaria, tener cuidado de la ropa de las personas usuarias y del centro, y dar la mejor utilización a los materiales. Realizar las tareas propias de limpieza de las habitaciones y zonas comunes (camas, cambios de ropa, baños, ventanales y balcones, mobiliario, etc.) procurando ocasionar las menores molestias a las personas usuarias.
Mantener siempre limpia y a punto la ropa de las personas usuarias, tanto la personal como la ropa de cama, toallas, etc., así como su recogida, clasificación y reparto posterior.
Podrá hacer las camas en función de las necesidades de cada usuario de acuerdo a los criterios de calidad establecidos, con la lencería limpia, ausencia de arrugas y humedad.
Comunicar a su jefatura inmediata las incidencias o anomalías observadas en el desarrollo de sus tareas.
Dispondrán de la habilitación requerida y/o experiencia precisa para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Pinche cocina:
Es el personal que con responsabilidad restringida y dependiendo del/la Cocinero/a desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su habilitación o competencia profesional: Realizar la preparación de los alimentos para su condimento, el encendido y mantenimiento del horno así como su limpieza, la limpieza de los útiles de cocina y comedor.
Dispondrán de la habilitación requerida y/o experiencia precisa para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Ayudante oficios varios:
Es el personal que trabaja a las órdenes de otros profesionales; procurará su formación profesional, poniendo todo su celo en las tareas que le sean encomendadas. Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su habilitación o competencia profesional: Mantener en perfectas condiciones de limpieza y funcionamiento la maquinaria y los utensilios del centro.
Dispondrán de la habilitación requerida y/o experiencia precisa para el desarrollo de sus funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.