Sistema de clasificación profesional
(Grupos y categorías profesionales)
Grupo I.
Director mercantil.- Es el empleado, a las órdenes inmediatas de la empresa y participando en la elaboración de la política de la misma, dirige, coordina y se responsabiliza de las actividades de la dirección a su cargo.
Director profesional.- Es el empleado/a, a las órdenes inmediatas de la empresa y participando en la elaboración de la política de la misma, dirige, coordina y se responsabiliza de las actividades de la dirección a su cargo.
Grupo II.
Jefe/a de división mercantil.- Es aquel empleado/a, a las órdenes de un director, coordina y ejecuta bajo su responsabilidad cuantas normas se dicten para la adecuada organización de la división comercial a su cargo.
Titulado superior.- Es aquel empleado/a, en posesión de un título de grado superior, reconocido como tal por el Ministerio de Educación y Ciencia, ejerce en la empresa de forma permanente y con responsabilidad directa funciones propias y características de su profesión, para las que previamente ha sido contratado.
Grupo III.
Jefe/a de personal.- Es el empleado/a que, al frente del personal de una empresa, dicta las oportunas normas para la adecuada organización y distribución, trabajo cuya vigilancia le corresponde, cuidando la confección de nóminas, primas, comisiones y demás tareas propias de la administración de personal, así como la cesión de permisos, propuestas de sanciones, selección de personal, etc.
Programador/a informática.- Es el empleado/a al que le corresponde estudiar los procesos complejos definidos, confeccionando organigramas detallados de tratamiento. Redactar programas en el lenguaje de programación que le sea indicado. Confeccionar juegos de ensayos, poner a punto los programas y completar los expedientes técnicos de los mismos. Documentar el manual de consola.
Jefe/a de ventas y/o compras.- Es el empleado/a que lleva la responsabilidad, la revisión y coordinación de las operaciones comerciales y aporta sus iniciativas para el buen funcionamiento de las mismas y/o realiza de modo permanente, bien en los centros productores o en los establecimientos, las compras generales de las mercancías que son objeto de la actividad comercial de las empresas.
Encargado/a general.- Es aquel empleado/a que está al frente de un establecimiento del que dependen sucursales en distintas plazas o quien asume la dirección superior de varias sucursales.
Grupo IV.
Jefe/a administrativo.- Es el empleado/a que, lleva la responsabilidad, inspección, revisión o dirección de uno o varios de los trabajos administrativos de la empresa, está encargado/a de imprimirles unidad, los distribuye, dirige y aporta sus iniciativas para el buen funcionamiento de los mismos.
Grupo V.
Jefe/a de sucursal.- Es aquel empleado/a que está al frente de una sucursal, ejerciendo, por delegación, funciones propias de la empresa.
Jefe/a de almacén.- Es aquel empleado/a que está al frente de un almacén, teniendo a su cargo la reposición, conservación, colocación, rotación de producto, el registro de entrada y salida de mercancías y la vigilancia de la caducidad de los productos. Será responsabilidad suya la distribución a clientes y sucursales de acuerdo a las normativas establecidas por la dirección de la empresa, cuidando de la distribución y ordenación del trabajo en las secciones y siendo el máximo responsable del buen hacer y funcionamiento.
Jefe/a de supermercado.- Es aquel empleado/a que está al frente de un establecimiento, pudiendo depender de él distintas sucursales en la misma o distinta plaza. Siendo el responsable total de dichos cometidos.
Grupo VI.
Titulado/a grado medio.- Es aquel empleado/a, en posesión de un título de grado medio, reconocido como tal por el Ministerio de Educación y Ciencia, desempeña las funciones propias de su profesión, para las que previamente ha sido contratado.
Grupo VII.
Jefe de sección administrativa.- Es aquel empleado/a que lleva la responsabilidad o dirección de una de las secciones en las que el trabajo pueda estar dividido, con autoridad directa sobre los empleados a sus órdenes.
Escaparatista.- Es el empleado/a que tiene asignada como función principal y permanente la ornamentación de interiores, escaparates y vitrinas, a fin de exponer al público los artículos objeto de venta.
Grupo VIII.
Jefe/a de grupo.- Es el empleado/a que, bajo las órdenes inmediatas de un superior, dirige los trabajos de un grupo con la responsabilidad consiguiente, indica al trabajador/a la manera de ejecutar aquéllos, posee conocimientos de una o varias especialidades para realizar las órdenes que el encomienden sus superiores y es responsable de la disciplina de su grupo, con práctica completa de su cometido.
Jefe/a de sección.- Es aquel empleado/a que está al frente de una sección, con mando directo o vigilancia del personal afecto a ella, con facultades para intervenir en las ventas y disponer lo conveniente para el buen orden del trabajo, debiendo también orientar a sus superiores sobre las compras y surtido de artículos necesarios y a los dependientes sobre la exhibición, conservación, reciclaje y medidas a adoptar con respecto a las normas de sanidad de las mercancías. Lleva la responsabilidad o dirección de una de las secciones en las que el trabajo puede estar dividido, con autoridad directa sobre los empleados a sus órdenes. Jefe/a de taller.- Es aquel empleado/a, técnicamente capacitado, que está al frente de un taller auxiliar comercial de la empresa y que, con mando sobre los profesionales de oficio, dispone lo conveniente para el buen orden del trabajo y disciplina, debiendo orientar al personal sobre las funciones específicas del cometido de cada uno y trasladar a la empresa información y asesoramiento de las particularidades técnicas.
Grupo IX.
Encargado/a de establecimiento.- Es aquel empleado/a que está al frente de un establecimiento bajo directa dependencia de la empresa teniendo como cometidos verificar las entradas de mercancía, reposición de artículos, efectuar ingresos a las cuentas de la compañía, dirigir el personal que le ha sido encomendado y demás funciones asimilables.
Operador/a.- Es el empleado/a que maneja los ordenadores para el tratamiento de la información e interpreta y desarrolla las instrucciones y órdenes para su explotación, confeccionando pequeños programas auxiliares, delegados por sus superiores y bajo la supervisión de los mismos.
Vendedor/a.- Es el empleado/a que realiza las visitas a los clientes de la empresa, ofreciéndoles los productos que comercializa la misma, les informa, toma pedidos para la empresa, realiza las gestiones para llevar a buen fin el cobro de las facturas, y resuelve reclamaciones de los clientes según las pautas autorizadas por la empresa. Efectúa, asimismo, labores de captación de nuevos clientes.
Comprador/a.- Es el empleado/a que con conocimientos suficientes de las calidades y clase de artículos realiza las compras de varios establecimientos de acuerdo con una normativa comercial fijada por la empresa.
Subastador/a.- Es el empleado/a, que, a las órdenes de un mayorista de carne, pescado, fruta, etc., y con conocimiento de las calidades y clase de los artículos, lleva a cabo la subasta de éstos.
Dibujante.- Es el empleado/a que realiza con propia iniciativa dibujos artísticos propios de su competencia profesional.
Administrativa/o.- Es la persona trabajadora que bajo supervisión se dedica a operaciones administrativas y en general a las puramente mecánicas inherentes al trabajo de oficinas o despacho.
Grupo X.
Dependiente/a.- Es el trabajador/a que dispone de los conocimientos suficientes de su profesión para ejercerla sobre uno o varios departamentos de ventas. Tiene los conocimientos prácticos de los artículos cuya venta le está confiada, de forma en que puede orientar al público en sus compras sobre las secciones tales como carnicería, pescadería, charcutería, frutería, artículos de limpieza, etc. pudiendo cobrar o no la mercancía que vende. Cuida el recuento de la mercancía para proceder a su reposición en tiempo oportuno, así como de su etiquetado, orden y adecentamiento de dicha mercancía.
Cajero/a.- Es la trabajador/a que tiene que efectuar los cobros de mercancías o abonos bien en metálico o mediante tarjetas de crédito a los clientes, marcando estas operaciones en las cajas registradoras.
Corredor plaza.- Es el empleado/a que realiza las visitas a los clientes de la empresa, ofreciéndoles los productos que comercializa la misma, les informa comercialmente, toma pedidos para la empresa, cobra las facturas y resuelve reclamaciones de los clientes según las pautas autorizadas por la empresa, en una sola plaza.
Viajante/a.- Es el empleado/a que realiza las visitas a los clientes de la empresa, ofreciéndoles los productos que comercializa la misma, les informa comercialmente, toma pedidos para la empresa, cobra las facturas y resuelve reclamaciones de los clientes según las pautas autorizadas por la empresa.
Delineante. Es el técnico/a que está capacitado para el desarrollo de proyectos sencillos, levantamiento e interpretación de planos y trabajos análogos, habiendo sido contratado para estos menesteres.
Rotulista.- Es aquel empleado/a que se dedica exclusivamente a confeccionar toda clase de rótulos, carteles y trabajos semejantes, habiendo sido contratado previamente para estos menesteres.
Profesional de 1ª.- Es aquel empleado/a que provisto del permiso de conducir de primera clase, está a cargo del vehículo de la empresa y colabora, además, en el trabajo de carga y descarga.
Mozo especialista.- Es el empleado/a que completa las tareas de mozo y que se dedica a trabajos concretos que, sin constituir propiamente un oficio tiene, sin embargo, práctica en su ejecución. Clasifica la mercancía de acuerdo a sus características, controlando los albaranes de las mercancías que entran y salen pudiendo cobrar en el punto de venta.
Grupo XI.
Auxiliar de caja.- Es el empleado/a que bajo supervisión realiza el cobro de las ventas al contado, la revisión de talones de caja, redacta facturas y recibos y cualquier otra tarea propia para el desarrollo de su actividad.
Auxiliar administrativo.- Es la persona trabajadora que realiza funciones bajo supervisión de la persona de categoría administrativa.
Capataz.- Es aquel trabajador/a que está al frente de mozos y mozas especializados si los hubiere, dirige el trabajo de éstos y cuida de su disciplina y rendimiento.
Ayudante dependiente/a.- Es aquel empleado/a que, habiendo realizado el aprendizaje correspondiente, auxilia a los dependientes en sus funciones propias, facilitándoles la labor y pudiendo realizar por sí operaciones de ventas.
Profesional de 2ª.- Es el empleado/a que provisto de permiso de conducir de segunda clase está a cargo del vehículo de la empresa y colabora, además, en el trabajo de carga y descarga.
Reponedor/a.- Es el trabajado/a que efectúa los trabajos de colocación y reposición de mercancías en góndolas y estanterías en la sala de venta, según criterios técnicos previamente definidos, haciendo el traslado de las mismas por sus propios medios o utilizando elementos mecánicos. Realiza el marcaje, conteo y comprobación de las mercancías, efectuando las anotaciones y controles necesarios.
Mozo-peón.- Es el empleado/a que realiza las tareas de carga, descarga, fracciona, embolsa, transporta, lleva transpaleta, coloca, acompaña al camión de reparto, recoge y clasifica toda clase de mercancías, mantiene en condiciones de salud e higiene laboral su lugar de trabajo y cualquier otro cometido propio para el desarrollo de su actividad.
Telefonista.- Es aquel empleado/a que atiende una centralita telefónica estableciendo las comunicaciones con el interior y con el exterior, anotando y transmitiendo cuantos avisos reciba.
Empaquetador/a.- Es aquel empleado/a que se dedica a embalar los artículos objeto de venta, comprobando las mercancías que se envasan o empaquetan y fijando en la etiqueta las disposiciones legales requeridas.
Conserje.- Es el empleado/a encargado/a de distribuir el trabajo de las ordenanzas y de cuidar el ornato y policía de las distintas dependencias.
Cobrador.- Es el empleado/a cuyo único cometido consiste en realizar cobros y pagos fuera del establecimiento.
Vigilante.- Es el empleado/a subalterno que tiene como cometido exclusivo funciones de vigilancia, diurna o nocturna, debiendo cumplir sus deberes de acuerdo con las instrucciones recibidas de sus superiores, cuidando los accesos de fábrica, almacén o locales. Tablas salariales 2020-2022
Convenio comercio alimentación de Álava SALARIO BASE MENSUAL Grupo I
1.635,97 Grupo II
1.599,80 Grupo III
1.523,77 Grupo IV
1.479,48 Grupo V
1.432,85 Grupo VI
1.384,85 Grupo VII
1.338,20 Grupo VIII
1.337,51 Grupo IX
1.275,29 Grupo X
1.061,66 Grupo XI
1.017,73
VALOR HORA
GARANTÍA EXTRAORDINARIA
MES 24,41
40,00 23,87
40,00 22,74
40,00 22,08
40,00 21,38
40,00 20,47
40,00 19,97
40,00 19,96
40,00 19,03
40,00 15,84
40,00 15,19
40,00 2020-2022 Plus hornero Plus nocturnidad Plus domingos y festivos
88,88 euros/mes 204,13 euros/mes 13,24 euros/día Tablas salariales 2023 SALARIO BASE MENSUAL Grupo I
1.734,13 Grupo II
1.694,79 Grupo III
1.615,20 Grupo IV
1.568,25 Grupo V
1.518,82 Grupo VI
1.467,94 Grupo VII
1.418,49 Grupo VIII
1.417,76 Grupo IX
1.351,81 Grupo X
1.125,36 Grupo XI
1.078,79
VALOR HORA
GARANTÍA EXTRAORDINARIA
MES 25,95
98,16 25,29
94,99 24,10
91,43 23,40
88,77 22,67
85,97 21,91
83,09 21,17
80,29 21,16
80,25 20,17
76,52 16,69
63,60 16,10
61,06 2023 Plus hornero Plus cámaras frigoríficas Plus nocturnidad Plus domingos y festivos
94,21 euros/mes 216,38 euros/mes 14,03 euros/día Tablas salariales 2024 SALARIO BASE MENSUAL Grupo I
1.794,82 Grupo II
1.755,14 Grupo III
1.671,73 Grupo IV
1.623,14 Grupo V
1.571,98 Grupo VI
1.519,32 Grupo VII
1.468,14 Grupo VIII
1.467,38 Grupo IX
1.399,12 Grupo X
1.164,75 Grupo XI
1.116,55
VALOR HORA
GARANTÍA
EXTRAORDINARIA
MES
26,98
60,69
26,39
60,35
25,13
59,53
24,40
54,89
23,63
53,16
23,84
51,38
22,07
49,65
22,06
49,62
21,03
47,31
17,51
39,39
16,79
37,76 2024 Plus hornero Plus cámaras frigoríficas Plus nocturnidad Plus domingos y festivos
97,50 euros/mes
223,95 euros/mes
14,52 euros/día Tablas antigüedad TABLA DE ANTIGÜEDAD 2020-2022 CUATRO CINCO UNO
DOS
TRES GRUPO
SEIS
SIETE
OCHO EURO EURO
EURO
EURO
EURO
EURO
EURO
EURO 136,49 I
34,12
68,25 102,37
170,62 204,74 238,86
272,99 132,88 II
33,22
66,44
99,66
166,10 199,32 232,55
265,77 125,33 III
31,33
62,67
94,00
156,66 188,00 219,33
250,66 121,47 IV
30,37
60,74
91,10
151,84 182,21 212,57
242,94 117,57 V
29,39
58,78
88,18
146,96 176,35 205,75
235,14 113,50 VI
28,38
56,75
85,13
141,88 170,25 198,63
227,01 109,56 VII
27,39
54,78
82,17
136,95 164,34 191,73
219,12 109,48 VIII
27,37
54,74
82,11
136,85 164,22 191,58
218,95 94,00 IX
23,50
47,00
70,50
117,50 141,00 164,50
188,00 86,20 X
21,55
43,10
64,65
107,74 129,29 150,84
172,39 82,56 XI
20,64
41,28
61,92
103,20 123,84 144,48
165,12 TABLA DE ANTIGÜEDAD 2023 CUATRO CINCO UNO
DOS
TRES GRUPO
SEIS
SIETE
OCHO EURO EURO
EURO
EURO
EURO
EURO
EURO
EURO 144,68 I
36,17
72,34 108,51
180,85 217,02 253,20
289,37 140,86 II
35,21
70,43 105,64
176,07 211,28 246,50
281,71 132,85 III
33,21
66,42
99,64
166,06 199,27 232,49
265,70 128,76 IV
32,19
64,38
96,57
160,95 193,14 225,33
257,52 124,62 V
31,16
62,31
93,47
155,78 186,94 218,09
249,25 120,31 VI
30,08
60,16
90,23
150,39 180,47 210,55
240,63 116,13 VII
29,03
58,07
87,10
145,17 174,20 203,23
232,27 116,05 VIII
29,01
58,02
87,03
145,06 174,07 203,08
232,09 99,64 IX
24,91
49,82
74,73
124,55 149,46 174,37
199,27 91,37 X
22,84
45,68
68,53
114,21 137,05 159,89
182,73 87,52 XI
21,88
43,76
65,64
109,40 131,28 153,19
175,04 TABLA DE ANTIGÜEDAD 2024 CUATRO CINCO UNO
DOS
TRES GRUPO
SEIS
SIETE
OCHO EURO EURO
EURO
EURO
EURO
EURO
EURO
EURO 149,75 I
37,44
74,87 112,31
187,18 224,62 262,06
299,49 145,79 II
36,45
72,89 109,34
182,23 218,68 255,13
291,57 137,50 III
34,37
68,75 103,12
171,87 206,25 240,62
275,00 133,27 IV
33,32
66,63
99,95
166,58 199,90 233,21
266,53 128,99 V
32,25
64,49
96,74
161,23 193,48 225,72
257,97 124,52 VI
31,13
62,26
93,39
155,65 186,79 217,92
249,05 120,20 VII
30,05
60,10
90,15
150,25 180,30 210,35
240,40 120,11 VIII
30,03
60,05
90,08
150,13 180,16 210,19
240,21 103,12 IX
25,78
51,56
77,34
128,91 154,69 180,47
206,25 94,57 X
23,64
47,28
70,92
118,21 141,85 165,49
189,13 90,60 XI
22,65
45,30
67,95
113,25 135,90 158,55
181,20 Firmante: CN=ZERBITZU OROKORREN ZUZENDARITZA - DIRECCION SERVICIOS GENERALES, SERIALNUMBER=P0100000I, OU=SELLO ELECTRONICO, ORGANIZATIONIDENTIFIER=VATES-P0100000I, O=ARABAKO FORU ALDUNDIA / DIPUTACION FORAL DE ALAVA, C=ES Emisor del certificado: CN=EAEko HAetako langileen CA - CA personal de AAPP vascas (2), OU=AZZ Ziurtagiri publikoa - Certificado publico SCA, O=IZENPE S.A., C=ES Número de serie: 211865
Fecha de firma: 2024.01.15 06:13:54 Z